14º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

GODOY/GODOY

Rol

Fecha

24 de marzo de 2023

Materia

OTROS SUMARIOS

Resultado

INADMISIBLE

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y teniendo presente: Que conforme lo dispone el artículo 686 del Código de Procedimiento Civil, a propósito del procedimiento sumario, la prueba, cuando haya lugar a ella, se rendirá en el plazo y en la forma establecida para los incidentes. Por su parte, el inciso final del artículo 90 del Código de Procedimiento Civil, establece que las resoluciones que se pronuncien con ocasión de recibirse un incidente a prueba son inapelables, siendo ésta una norma de carácter especial que prima por sobre la disposición del artículo 319 del Código de Procedimiento Civil, razón por la cual se declara inadmisible el recurso de apelación deducido con fecha treinta y uno de enero del año en curso contra de la resolución dictada el día seis del mismo mes, y concedido con fecha ocho de febrero de los corrientes. Proveyendo el folio N°3, estese a lo resuelto. Devuélvase. N°Civil-2.930-2.023.(vdcd)

Fallo

se declara inadmisible el recurso de apelación deducido con fecha treinta y uno de enero del año en curso contra de la resolución dictada el día seis del mismo mes, y concedido con fecha ocho de febrero de los corrientes. Proveyendo el folio N°3, estese a lo resuelto. Devuélvase. N°Civil-2.930-2.023.(vdcd)

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veinticuatro de marzo de dos mil veintitrés. Al folio N°6, por recibidos los antecedentes desde primera instancia. Vistos y teniendo presente: Que conforme lo dispone el artículo 686 del Código de Procedimiento Civil, a propósito del procedimiento sumario, la prueba, cuando haya lugar a ella, se rendirá en el plazo y en la forma establecida para los incidentes. Por su

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica