SIN INFORMACION

MARC/SERVICIO NACIONAL MIGRACIONES

Rol

Fecha

24 de marzo de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

VISTO: PRIMERO: Que, el 12 de enero del presente año comparecen don Pablo Peñaloza Parra y don Joaquín Contreras Roa, ambos abogados, interponiendo recurso de protección a favor de don ROBINSON CELESTIN, empleado, de nacionalidad haitiana, cédula de identidad para extranjeros N°26.160.651-8, y doña KIMBERLY MARC, empleada, de nacionalidad haitiana, cédula de identidad para extranjeros N°26.762.664-2, domiciliados para estos efectos en Población La Quinta 104, Comuna Los Cerezos, Región Del Maule, en contra del SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES, representado por don Luis Thayer Correa, Sociólogo, con domicilio en San Antonio 580, comuna Santiago, Región Metropolitana de Santiago, por la omisión en la emisión de resolución exenta que pone fin al procedimiento administrativo aprobando o rechazando la solicitud de residencia definitiva, planteadas por los recurrentes los días 11 de marzo de 2020 y 19 de marzo de 2021, hecho que vulnera la garantía contemplada en el artículo 19 N°2 de la Constitución Política de la República. Refieren, en síntesis, que los recurrentes ingresaron al país en calidad de turistas y, estando dentro del territorio, deciden cambiar su condición migratoria postulando a visas de residencia temporarias, con el propósito de establecerse y desarrollar sus proyectos de vida en Chile. Añaden que previo al vencimiento de sus visas, los recurrentes los días 11 de marzo de 2020 y 19 de marzo de 2021 solicitaron el beneficio migratorio de residencia definitiva, tal y como consta en los comprobantes de solicitudes N°3589894 y N°21145597 que acompañan. Destacan que los recurrentes no han recibido ninguna respuesta por parte del servicio recurrido, ni se han liberado las órdenes de giros correspondiente al beneficio migratorio solicitado, lo que los mantienen en una situación de preocupación e incertidumbre ante un trámite por demás demorado. En cuanto al plazo para interposición de la acción, indica que se cumple, puesto que la omisión y el perjuicio son p

Fallo

Por estas consideraciones, lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República, Decreto Supremo número 587, Decreto Ley 1093, Ley 19.880 y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación de Recursos de Protección de Garantías Constitucionales SE ACOGE, sin costas, el recurso de protección deducido por don Pablo Peñaloza Parra y don Joaquín Contreras Roa, abogados, a favor de don ROBINSON CELESTIN y doña KIMBERLY MARC, en contra del SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES, disponiendo que dentro de un plazo máximo de 60 días corridos, a contar que el presente fallo quede ejecutoriado, deberá pronunciarse, con arreglo a derecho, respecto de las solicitudes de residencia definitiva planteadas por los recurrentes. Regístrese y archívese, en su oportunidad. Rol N°63-2023/Protección.-

Texto Completo (Preview)

Talca, veinticuatro de marzo de dos mil veintitrés. VISTO: PRIMERO: Que, el 12 de enero del presente año comparecen don Pablo Peñaloza Parra y don Joaquín Contreras Roa, ambos abogados, interponiendo recurso de protección a favor de don ROBINSON CELESTIN, empleado, de nacionalidad haitiana, cédula de identidad para extranjeros N°26.160.651-8, y doña KIMBERLY MARC, empleada, de nacionalidad haitia

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