JUZGADO DE GARANTIA DE VALDIVIA

MP C/ FRANCISCO JAVIER CANAMAN FLORES

Rol

Fecha

24 de marzo de 2023

Materia

ROBO EN LUGAR HABITADO O DESTINADO A LA HABITACION. ART. 440.

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por las intervinientes en esta audiencia y teniendo, además, presente la gravedad del delito que se le imputa, se CONFIRMA la resolución apelada de fecha veintiuno de marzo de dos mil veintitrés en virtud de sus propios fundamentos. Comuníquese. Se deja constancia que los intervinientes quedan notificados de la presente resolución, conforme lo dispuesto en el artículo 30 del Código Procesal Penal. Sin perjuicio, se dejará constancia de la presente resolución en el estado diario. El presente acta sólo constituye un registro administrativo, confeccionada por el funcionario Digitador de Sala en el que resume lo acontecido y resuelto en la audiencia. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia. Rol N° 234-2023 Penal. El Ministro de fe que suscribe, deja constancia que el acta que antecede es fiel a lo obrado en la audiencia que da cuenta. Valdivia, veinticuatro de marzo de dos mil veintitrés. Sra. Nadhia Álvarez Muñoz, Relatora Suplente. En Valdivia, a veinticuatro de marzo de dos mil veintitrés, notifiqué por el estado diario la resolución precedente. Sr. Fuad Salman Gasaly, Secretario Subrogante.

Fundamentos

fundamentos de derecho que expone en la audiencia, se revoque la resolución apelada y, en su lugar, se decrete alguna de las medidas cautelares de menor intensidad del artículo 155 del Código Procesal Penal. A continuación alega el Ministerio Público, solicitando se confirme la resolución apelada, en virtud de las alegaciones y fundamentos de derecho que expone en la audiencia. Los intervinientes hacen uso de su derecho a réplica, insistiendo en sus planteamientos. La Sra. Presidenta de la Sala da por terminada la intervención, comunica y da lectura a la siguiente resolución: VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por las intervinientes en esta audiencia y teniendo, además, presente la gravedad del delito que se le imputa, se CONFIRMA la resolución apelada de fecha veintiuno de marzo de dos mil veintitrés en virtud de sus propios fundamentos. Comuníquese. Se deja constancia que los intervinientes quedan notificados de la presente resolución, conforme lo dispuesto en el artículo 30 del Código Procesal Penal. Sin perjuicio, se dejará constancia de la presente resolución en el estado diario. El presente acta sólo constituye un registro administrativo, confeccionada por el funcionario Digitador de Sala en el que resume lo acontecido y resuelto en la audiencia. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia. Rol N° 234-2023 Penal. El Ministro de fe que suscribe, deja constancia que el acta que antecede es fiel a lo obrado en la audiencia que da cuenta. Valdivia, veinticuatro de marzo de dos mil veintitrés. Sra. Nadhia Álvarez Muñoz, Relatora Suplente. En Valdivia, a veinticuatro de marzo de dos mil veintitrés, notifiqué por el estado diario la resolución precedente. Sr. Fuad Salman Gasaly, Secretario Subrogante.

Texto Completo (Preview)

A C T A AUDIENCIA REALIZADA EL DÍA VEINTICUATRO DE MARZO DE DOS MIL VEINTITRÉS, PARA LA VISTA- POR LA SEGUNDA SALA DE LA I. CORTE DE APELACIONES DE VALDIVIA- DEL RECURSO DE APELACIÓN INTERPUESTO POR LA DEFENSA EN CAUSA RIT 1413-2023, RUC 2300302969-7, ROL CORTE N° 234-2023 PENAL. Siendo las 10:30 horas del día señalado, se lleva a efecto la audiencia con la asistencia de la Ministra y Presidenta d

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