SIN INFORMACION

LÓPEZ/PEÑA

Rol

Fecha

23 de marzo de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto: 1°.- Que, comparece el egresado de derecho, don Sebastián Eduardo Muñoz Sepúlveda en representación de doña María Silvia Arce López, don Bernardo López Morales, don Felipe Ignacio López Arce, interponiendo recurso de protección en contra de doña Elba Soledad Peña Moya, solicitando sea acogido, en mérito de los antecedentes y consideraciones de hecho y de derecho que señala. Indicó que el 9 de febrero de 1999 se formó el Comité de Allegados Ñuble Unido, del sector Puente Ñuble, de la comuna de San Nicolás, que tiene por finalidad representar a todos los socios que forman parte del mismo, en la búsqueda de soluciones habitacionales, dar solución de saneamiento de los títulos que disponía actuando como un nexo entre la Ilustre Municipalidad de San Nicolás y el Ministerio de Bienes Nacionales. Se reunieron fondos para la compra de una parcela de 17,3 hectáreas aproximadamente ubicada en sector El Oratorio, comuna de San Nicolás, la que fue objeto del procedimiento de subdivisión y sus lotes resultantes pertenecieron al Comité, quien por acto de compraventa detenta la calidad de poseedor inscrito único y exclusivo del predio en cuestión. Agrega que no cabe entonces, considerar a los actos del Comité para con sus socios como asignaciones en propiedad, sino que esta es adquirida por los socios al completarse el lapso de prescripción 5 años desde que cada interesado adquiere la posesión inscrita de su lote mediante el procedimiento contemplado en el DL.2695. Por consiguiente, la calidad de socio confiere el derecho al titular para que le sea asignado un lote resultante de la subdivisión, respecto del cual sería reconocido como poseedor material para los efectos de acogerse al procedimiento de saneamiento de títulos de dominio contemplado en el DL. 2695 y siempre que se contaren con las condiciones para iniciar dicho procedimiento. Este derecho a su vez está sujeto a condición resolutoria, toda vez que para su ejercicio se requiere no haber perdido la calidad de so

Fallo

por estas irregularidades administrativas, que no aclaró, no entregó información, tampoco ningún documento o copia del mismo, asimismo, nunca coordinó ninguna reunión, cuando fue solicitada en su propio domicilio, enviando respuestas con terceras personas entre ellos su hijo, actual propietario. Finalmente, agrega que verificó en redes sociales que tales publicaciones ya no están disponibles, para que informen los demandantes, al día de hoy 10 de marzo de 2023 y no existiría tal perturbación o amenaza a su honra. También aclara que no insultó jamás a ninguna de las partes de esta causa. 3º.- Que, para analizar el asunto planteado por la presente vía, resulta conveniente consignar que el recurso de Protección de Garantías Constitucionales, establecido en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, constituye jurídicamente una acción, destinada a amparar el legítimo ejercicio de las garantías y derechos preexistentes que en esa misma disposición se enumeran, mediante la adopción de medidas de resguardo que se deben tomar ante un acto u omisión arbitrario o ilegal que prive, perturbe o amenace ese atributo. 4º.- Que, como se desprende de lo señalado precedentemente, es requisito indispensable de la acción de protección, la existencia de un acto u omisión ilegal, esto es, contrario a la ley, o arbitrario, producto del mero capricho de quién incurre en él, y que provoque algunas de las situaciones o efectos que se han indicado, afectando a una o más de las garan

Texto Completo (Preview)

7 Chillán, veintitrés de marzo de dos mil veintidós. Visto: 1°.- Que, comparece el egresado de derecho, don Sebastián Eduardo Muñoz Sepúlveda en representación de doña María Silvia Arce López, don Bernardo López Morales, don Felipe Ignacio López Arce, interponiendo recurso de protección en contra de doña Elba Soledad Peña Moya, solicitando sea acogido, en mérito de los antecedentes y consideracio

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica