COMPAÑÍA MINERA SIERRAS DE TARAPACÁ S.A. CONTRA MINISTRO SR. PEDRO GÜIZA GUTIERREZ Y OTROS
Rol
Fecha
24 de marzo de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
VISTO: Atendido el mérito de los antecedentes, de los que aparece que los hechos que sustentan el recurso sobrepasan los márgenes de la acción cautelar interpuesta, desde que aluden a alegaciones que deben ser conocidas y resueltas en la causa en la que inciden –ROL C-226-2016 del Juzgado de Letras y Garantía de Pozo Almonte-, no siendo ésta la vía idónea para obtener la pretensión que indica en el petitorio de su presentación, a lo que se agrega que tales argumentos se encuentran actualmente sometidos al conocimiento de los tribunales de justicia como aparece de la tramitación del proceso aludido, y visto, además, lo dispuesto en los números 1 y 2 del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se declara INADMISIBLE la acción interpuesta. Al primer y segundo otrosíes, estese a lo resuelto. Al tercer y cuarto otrosíes, téngase presente. Regístrese y archívese. Rol N° 289-2023 Protección. /ccg
Fallo
se declara INADMISIBLE la acción interpuesta. Al primer y segundo otrosíes, estese a lo resuelto. Al tercer y cuarto otrosíes, téngase presente. Regístrese y archívese. Rol N° 289-2023 Protección. /ccg
Texto Completo (Preview)
Iquique, veinticuatro de marzo de dos mil veintitrés. A lo principal, VISTO: Atendido el mérito de los antecedentes, de los que aparece que los hechos que sustentan el recurso sobrepasan los márgenes de la acción cautelar interpuesta, desde que aluden a alegaciones que deben ser conocidas y resueltas en la causa en la que inciden –ROL C-226-2016 del Juzgado de Letras y Garantía de Pozo Almonte-, n
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