AÑEZ/DEPARTAMENTO DE EXTRANJERÍA Y MIGRACIÓN
Rol
Fecha
23 de marzo de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Claudio Quiroga Hinojosa, abogado, en favor de Maribel Coromoto Añez Martínez, de nacionalidad venezolana, y deduce recurso de protección en contra del Departamento de Extranjería y Migración, por haber rechazado en dos oportunidades, durante el año 2021, su solicitud de visa de turismo simple. Expone que la recurrente, con fecha 6 de mayo de 2021, solicitó la visa señalada, adjuntando todos los antecedentes necesarios y, la recurrida, luego de su revisión, decidió rechazarla por no haber adjuntado copia de pasaporte venezolano válido y vigente, lo que niega. Refiere que con fecha 17 de mayo de 2021 hizo nuevamente la petición, la que fue rechazada por la misma razón, y por haber omitido “otros documentos”, lo que califica de errado. Afirma que estas decisiones y el no envío de la resolución que establezca que debió subsanar sus solicitudes le trajo perjuicios, atendido que en el año 2019 la actora se realizó una cirugía de implantes dentales, debiendo acudir el año 2020 para control y finalización del tratamiento, estando en riesgo de infección y pérdida de la cirugía. En cuanto al Derecho, indica que los requisitos para optar a este tipo de visa es contar con pasaporte vigente o vencido, otorgado a partir del año 2013, de conformidad con la Resolución Exenta N° 2.087, de 18 de abril de 2019; fotografía de 5x5 cms.; acreditar solvencia económica durant su estadía; carta de invitación autorizada ante notario o reserva de hotel; y pasaje de retorno a su país de origen u otro en el que tenga autorización de entrada. Afirma que la recurrente cumple con todos los requisitos y, si bien no es obligatorio para la autoridad otorgar la visa, en caso de rechazo debe fundar su decisión, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 4, 7, 14, 16, 17, 27 y 41 de la Ley N° 19.880. Considera como infringida la garantía constitucional de igualdad ante la ley, reconocida en el artículo 19 N° 2 de la Constitución Política de
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas legales citadas, en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Corte Suprema sobre la materia, se rechaza, sin costas, el recurso de protección deducido en favor de Maribel Coromoto Añez Martínez en contra del Departamento de Extranjería y Migración. Regístrese y comuníquese. N°Protección-41.999-2021.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veintitrés de marzo de dos mil veintitrés. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Claudio Quiroga Hinojosa, abogado, en favor de Maribel Coromoto Añez Martínez, de nacionalidad venezolana, y deduce recurso de protección en contra del Departamento de Extranjería y Migración, por haber rechazado en dos oportunidades, durante el año 2021, su solicitud de visa d
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica