10º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

MELLADO REYES VICENTE CON ARCE PINEDA JUAN ENRIQUE (S)

Rol

138357-2020

Fecha

7 de marzo de 2022

Materia

Civil

Resultado

RECHAZA CASACION EN EL FONDO (M)

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Hechos

VISTOS: En este juicio sumario sobre acción de precario, Rol C-7.181-2019 del Décimo Juzgado Civil de Santiago, caratulado “Mellado con Arce”, mediante sentencia de doce de noviembre de dos mil diecinueve se acogió la acción, ordenando al demandado restituir a los actores el departamento N°153 y la bodega N°78 del "Edificio Plaza", ubicado en Avenida Irarrázaval N°3435, de la comuna de Ñuñoa, Región Metropolitana, dentro del plazo que indica, con costas. La parte demandada apeló el fallo y el tribunal de alzada de esta ciudad, en lo que interesa, lo confirmó en su sentencia de nueve de octubre de dos mil veinte. En contra de esta decisión, la misma parte deduce recurso de casación en el fondo. Se trajeron los autos en relación. Y TENIENDO EN CONSIDERACIÓN: PRIMERO: Que la impugnante expresa que los juzgadores infringen, en primer lugar, los numerales 1, 2, 3 del artículo 19 de la Constitución Política de la República, así como el artículo 26 del mismo cuerpo normativo, pues califican equivocadamente los hechos de la causa y aplican una disposición diferente a la atinente al asunto, al concluir que su parte es un precarista, en circunstancias que ostenta la condición de comodatario, confusión que vulnera su derecho a un debido proceso legalmente tramitado. Explica que a lo menos desde el año 2003 convivió en el inmueble de autos con su propietaria, cónyuge y madre de los demandantes y que una vez fallecida la dueña siguió viviendo en ese lugar en calidad de comodatario y no como precarista ya que la ocupación no se produjo por ignorancia o tolerancia de la propietaria sino sobre la base de una autorización que ella le otorgó con motivo de la relación sentimental que mantenían. Una vez fallecida su conviviente, tal autorización, explica, fue prorrogada en el acuerdo a que arribó con el demandante, quien fijaba la cuota de los gastos asociados al inmueble que debía sufragar su parte, aduciendo que ese pacto y la ocupación que de él deviene resultan incompatibles

Fundamentos

fundamentos de derecho de la resolución casada que no se refieran a los puntos que hayan sido materia del recurso y la parte del

Fallo

fallo y el tribunal de alzada de esta ciudad, en lo que interesa, lo confirmó en su sentencia de nueve de octubre de dos mil veinte. En contra de esta decisión, la misma parte deduce recurso de casación en el fondo. Se trajeron los autos en relación. Y TENIENDO EN CONSIDERACIÓN: PRIMERO: Que la impugnante expresa que los juzgadores infringen, en primer lugar, los numerales 1, 2, 3 del artículo 19 de la Constitución Política de la República, así como el artículo 26 del mismo cuerpo normativo, pues califican equivocadamente los hechos de la causa y aplican una disposición diferente a la atinente al asunto, al concluir que su parte es un precarista, en circunstancias que ostenta la condición de comodatario, confusión que vulnera su derecho a un debido proceso legalmente tramitado. Explica que a lo menos desde el año 2003 convivió en el inmueble de autos con su propietaria, cónyuge y madre de los demandantes y que una vez fallecida la dueña siguió viviendo en ese lugar en calidad de comodatario y no como precarista ya que la ocupación no se produjo por ignorancia o tolerancia de la propietaria sino sobre la base de una autorización que ella le otorgó con motivo de la relación sentimental que mantenían. Una vez fallecida su conviviente, tal autorización, explica, fue prorrogada en el acuerdo a que arribó con el demandante, quien fijaba la cuota de los gastos asociados al inmueble que debía sufragar su parte, aduciendo que ese pacto y la ocupación que de él deviene resultan in

Texto Completo (Preview)

Santiago, siete de marzo de dos mil veintidós. Al folio N° 94189: atendido el estado de la causa y lo dispuesto en el artículo 807 del Código de Procedimiento Civil, no ha lugar. Al folio N° 123845: estese al mérito de lo resuelto. VISTOS: En este juicio sumario sobre acción de precario, Rol C-7.181-2019 del Décimo Juzgado Civil de Santiago, caratulado “Mellado con Arce”, mediante sentencia de d

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