3º JUZGADO DE POLICIA LOCAL DE LAS CONDES

CORP GROUP INTERHOLD SPA/MUNICIPALIDAD DE LAS CONDES VUELVE A TABLA.-

Rol

Fecha

23 de marzo de 2023

Materia

APELACIÓN SENTENCIA DEFINITIVA

Resultado

REVOCADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto: Se reproduce la sentencia de primera instancia. Y se tiene además presente: 1° Que con arreglo a lo prescrito en el artículo 56 del Decreto Ley N° 3.063, las infracciones a la presente ley no sancionadas especialmente serán castigadas con una multa de hasta el equivalente a tres unidades tributarias mensuales. Pues bien, en el caso de la especie se impuso precisamente una multa de tres unidades tributarias mensuales por mora en el pago de la patente municipal, fundada en la norma antes transcrita, en circunstancias que el inciso primero del artículo 58 del citado Decreto Ley prevé que la mora en el pago de la contribución de la patente de cualquier negocio, giro o establecimiento sujeto a dicho pago, faculta al alcalde para decretar la inmediata clausura de dicho negocio o establecimiento, por todo el tiempo que dure la mora y sin perjuicio de las acciones judiciales que correspondiere ejercitar para obtener el pago de lo adeudado. Como puede apreciarse, la ley ha contemplado una sanción especial para el caso de mora en el pago de la patente municipal, cual es la clausura del negocio o establecimiento, lo que excluye la aplicación de la multa que se consagra en el ordenamiento como sanción únicamente residual. Por consiguiente, sin perjuicio del derecho de la Municipalidad de perseguir el cobro de la patente con los reajustes e intereses moratorios a que se refiere el inciso 1° del artículo 48 del Decreto Ley N° 3.063, en la forma y condiciones establecidas en los artículos 53, 54 y 55 del Código Tributario, la sanción de multa resulta jurídicamente improcedente y debe, por tanto, ser dejada sin efecto. 2° Por resultar incompatible con lo que se viene decidiéndose omitirá pronunciamiento respecto de la excepción de prescripción respecto del pago de la multa. Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas legales citadas y en los artículos 32 y siguientes de la Ley N° 18.287, se revoca la sentencia de quince de septiembre de dos mil vein

Fallo

por tanto, ser dejada sin efecto. 2° Por resultar incompatible con lo que se viene decidiéndose omitirá pronunciamiento respecto de la excepción de prescripción respecto del pago de la multa. Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas legales citadas y en los artículos 32 y siguientes de la Ley N° 18.287, se revoca la sentencia de quince de septiembre de dos mil veintiuno, dictada por el Tercer Juzgado de Policía Local de Las Condes en la causa Rol N° 5646-2-2021, y se declara en su lugar que se absuelve a la denunciada Corp Group Interhols S.A. de la denuncia formulada en su contra. Se omite pronunciamiento sobre la excepción de prescripción. Regístrese y devuélvase. N°Policia Local-2660-2021.

Texto Completo (Preview)

CERTIFICO: Que, se anunciaron para alegar, escucharon relación y alegaron, revocando el abogado don Juan Orellana y el abogado don Mauricio Ortega, confirmando. Santiago, 23 de marzo de 2023. Consuelo Escobar Rivera Relatora C.A. de Santiago Santiago, veintitrés de marzo de dos mil veintitrés. Proveyendo a los escritos folios 20 y 21, téngase presente. Visto: Se reproduce la sentencia de primera i

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