16º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

BERNARDITA LARRAIN Y COMPAÑIA LIMITADA/VITAMINA WORK LIFE S.A

Rol

Fecha

23 de marzo de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos y teniendo presente:               Que atendido lo dispuesto en el artículo 18-J de la Ley N° 18.101, en el procedimiento monitorio sólo será apelable la resolución que se pronuncie respecto de la oposición del deudor, no encontrándose la resolución recurrida en tal hipótesis, por lo que no procede dar curso al presente arbitrio.  Y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 213 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante, el quince de febrero del dos mil veintitrés (folio N°8), en contra de lo pertinente de la resolución dictada el nueve de febrero del mismo año (folio N°6). Regístrese y devuélvase, vía interconexión. N°Civil-2686-2023.

Fallo

se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante, el quince de febrero del dos mil veintitrés (folio N°8), en contra de lo pertinente de la resolución dictada el nueve de febrero del mismo año (folio N°6). Regístrese y devuélvase, vía interconexión. N°Civil-2686-2023.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago (imm) Santiago, veintitrés de marzo de dos mil veintitrés. Vistos y teniendo presente:               Que atendido lo dispuesto en el artículo 18-J de la Ley N° 18.101, en el procedimiento monitorio sólo será apelable la resolución que se pronuncie respecto de la oposición del deudor, no encontrándose la resolución recurrida en tal hipótesis, por lo que no procede dar curso al pres

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