MUÑOZ/CLAPP
Rol
Fecha
24 de marzo de 2023
Materia
HONORARIOS, COBRO DE (EN JUICIO)
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: 1°.- Que, de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 3 artículo 680° del Código de Procedimiento Civil, los juicios sobre cobro de honorarios se tramitarán de acuerdo con las normas del procedimiento sumario, y a su vez el artículo 686 del mismo cuerpo normativo, señala que la prueba en el procedimiento sumario, cuando haya lugar a ella, se rendirá en el plazo y en la forma establecida para los incidentes. 2°.- Que, conforme lo dispone el artículo 90 del Código de Procedimiento Civil, las resoluciones que se pronuncien con ocasión de recibirse un incidente a prueba, son inapelables, siendo ésta una norma de carácter especial que prima por sobre la disposición del artículo 319 del Código de Procedimiento Civil, razón por la cual se declara inadmisible el recurso de apelación deducido por el demandando con fecha seis de enero del presente año, contra la resolución que recibe la causa a prueba de fecha veintiuno de diciembre del año dos mil veintidós. Devuélvase. N°Civil-4012-2023.mst
Fallo
se declara inadmisible el recurso de apelación deducido por el demandando con fecha seis de enero del presente año, contra la resolución que recibe la causa a prueba de fecha veintiuno de diciembre del año dos mil veintidós. Devuélvase. N°Civil-4012-2023.mst
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veinticuatro de marzo de dos mil veintitrés. Vistos y teniendo presente: 1°.- Que, de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 3 artículo 680° del Código de Procedimiento Civil, los juicios sobre cobro de honorarios se tramitarán de acuerdo con las normas del procedimiento sumario, y a su vez el artículo 686 del mismo cuerpo normativo, señala que la prueba en el procedimien
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