G F LTDA C/ INGRID MARILIN MORALES LECAROS
Rol
Fecha
23 de marzo de 2023
Materia
HURTO AGRAVADO (ART. 447 CODIGO PENAL)
Resultado
REVOCADA
Hechos
hechos investigados NUE 6130805”, causa seguida en contra de las imputadas Ingrid Marilin Morales Lecaros y Sandra Lorena Mejía Muñoz, por el delito de hurto agravado. Admitidos a alegar por videoconferencia asisten a la audiencia, por el Ministerio Público, el abogado asesor don Freddy González Valdés, revocando; y por la Defensa Privada, el abogado don Diego Pastén Delgado, confirmando, quienes hacen sus alegaciones defendiendo sus planteamientos, de lo que queda registro íntegro en el sistema de audio de la Sala, por lo que no serán reproducidas en la presente acta. Terminados los alegatos, el Sr. Presidente dio por finalizada la audiencia, dejando constancia que se puso término a la misma a las 11:00 horas. Visto y teniendo presente: Atendido el mérito de los antecedentes, en que no se observa que el medio de prueba excluido en el auto de apertura del juicio oral por el juez de base, consistente en dos CD que contendrían imágenes del lugar de trabajo de las encartadas, se haya obtenido con infracción de las garantías fundamentales de las acusadas, por cuanto la cámara se encontraba en un lugar ostensible, que dice relación con la actividad laboral desarrollada en el local comercial, y sin que se afecte la intimidad de las trabajadoras imputadas; se revoca, en lo apelado, la resolución de veintisiete de febrero de dos mil veintitrés, dictada por el Juzgado de Garantía de San Felipe, que excluyó prueba de cargo ofrecida por el Ministerio Público y, en su lugar se declara que deben ser incluidos en el auto de apertura de juicio oral, como parte de las pruebas que rendirá el ente persecutor en aquél, el medio de prueba individualizado como “dos discos compactos con grabaciones de los hechos investigados NUE 6130805”. Devuélvase y comuníquese por la vía más expedita. NºPenal-502-2023.-
Fallo
se declara que deben ser incluidos en el auto de apertura de juicio oral, como parte de las pruebas que rendirá el ente persecutor en aquél, el medio de prueba individualizado como “dos discos compactos con grabaciones de los hechos investigados NUE 6130805”. Devuélvase y comuníquese por la vía más expedita. NºPenal-502-2023.-
Texto Completo (Preview)
Jbl C.A. de Valparaíso ACTA DE AUDIENCIA Audiencia realizada en Valparaíso, a veintitrés de marzo de dos mil veintitrés, a las 10:45 horas, ante la Cuarta Sala de esta Corte de Apelaciones de Valparaíso presidida por el Ministro Sr. Mario Gómez Montoya e integrada por el Ministro Sr. Jaime Arancibia y la Abogada Integrante Sra. Marcela Fernández Saldías, para la vista del recurso de apelación inte
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