SIN INFORMACION

LÓPEZ/TORO

Rol

Fecha

22 de marzo de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que, Doña Carmen Gloria Guevara Mendoza, Fiscal Adjunto de la Fiscalía Local de Las Condes, interpuso recurso de hecho en contra de la resolución de veintisiete de enero de dos mil veintitrés, dictada por la jueza Andrea Fabiola Díaz-Muñoz Bagolini del Cuarto Juzgado de Garantía de Santiago, en causa RIT 6401-2022, mediante la cual el tribunal declaró inadmisible el recurso de apelación verbal interpuesto por el Ministerio Público en contra de la resolución dictada en la misma audiencia de fecha veintisiete de enero de dos mil veintitrés, por medio de la cual se revocó la medida cautelar personal de internación provisoria respecto del imputado, menor de edad de edad, Matías Alexander Toro Zamora, quien se encuentra formalizado por los delitos de robo con intimidación y receptación de vehículo motorizado, y en consecuencia, la sustituyó por la medida cautelar de arresto domiciliario total. Al respecto, el recurrente explica que la resolución recurrida adolece de errores de hecho y derecho, los cuales causan agravio a las pretensiones punitivas del Estado, toda vez que impiden la legítima impugnación de una resolución que no dio lugar a mantener una medida cautelar personal absolutamente imprescindible para efectos de garantizar los fines del procedimiento, en particular, para asegurar el éxito de la investigación, la seguridad de la sociedad y peligro de fuga. En cuanto al recurso propiamente tal, refiere que en audiencia de 27 de enero de 2023 el Ministerio Público interpuso recurso de apelación al tenor de lo dispuesto en el artículo 149 del Código Procesal Penal, esto es, de manera verbal y fundada, en contra de la resolución que revocó la medida cautelar de internación provisoria respecto del imputado Matías Alexander Toro Zamora, identificando el agravio de la resolución apelada y sosteniendo peticiones fundadas. No obstante lo anterior, según relata, el 4° Tribunal de Garantía declaró la inadmisibilidad del recurso del Mi

Fundamentos

fundamentos son los siguientes: ““Se deniega el recurso de apelación interpuesto por el Ministerio público en contra de TORO ZAMORA, atendido que no contempla el artículo 149 del CPP la medida de Internación provisoria como supuesto para su concesión, para los efectos de que el Ministerio público proceda aducir apelación verbal en contra de una resolución que la deja sin efecto. Que la medida de Internación provisoria no puede ser asimilada a la prisión preventiva por tener fines y requisitos diversos, razón por la cual el tribunal estima que al tenor del artículo 5 del Código Procesal Penal no puede aplicarse por analogía y asimilar la Internación provisoria a la medida de prisión preventiva, por lo que necesariamente el recurso de apelación deberá ser interpuesto de acuerdo a las reglas generales. Dese orden de libertad respecto del adolescente si no estuviere privado de ella por otra causa, sirva el acta de suficiente y atento oficio remisor a carabineros.”. Tercero: Que, atendida la naturaleza de la cautelar impugnada y la especial calidad que reúne el encartado, no resulta posible asimilar la internación provisoria a que se refiere la Ley N° 20.084 a la prisión preventiva de que trata el Código Procesal Penal, por impedirlo la regla del inciso segundo del artículo 5° del expresado texto legal, conforme al cual las disposiciones de ese Código que autorizan la restricción de la libertad o de otros derechos del imputado o del ejercicio de alguna de sus facultades serán interpretadas restrictivamente y no se podrán aplicar por analogía. Cuarto: Que, Que de este modo, las decisiones del juez de garantía que digan relación con la medida de internación provisoria se rigen por las normas generales del Código Procesal y no por la regla especial del artículo 149 del citado texto legal, de manera tal que el recurso de apelación pretendido por el Ministerio Público debió deducirse por escrito y no verbalmente como se hizo, defecto que lo torna inadmisible.

Fallo

Por estas consideraciones y teniendo, además, presente lo dispuesto en el artículo 369 del Código Procesal Penal, se rechaza el recurso de hecho interpuesto por el Ministerio Público en contra de la resolución dictada por el 4° Juzgado de Garantía de Santiago en causa RIT 6401-2022, RUC 2200915847-6. Acordado con el voto en contra del ministro señor Gray quien estuvo por acoger el recurso de hecho interpuesto y, en consecuencia, declarar admisible la apelación deducida por los siguientes argumentos: 1°. Que, de lo expuesto precedentemente aparece que la discusión se centra en determinar si es aplicable lo dispuesto por el artículo 149 del Código Procesal Penal al estatuto de Responsabilidad Penal Adolescente, siendo a juicio de este disidente admisible el mentado recurso. En efecto, el artículo ya referido exige dos requisitos para la procedencia del recurso que se ha negado, esto es, que sea de aquellos delitos allí mencionados y que la prisión preventiva sea decretada en audiencia. 2°. Considera que dichos supuestos se cumplen en la especie, toda vez que la internación provisoria es una medida cuya naturaleza es similar a la prisión preventiva, porque conlleva el encierro como medida cautelar, en función de asegurar los fines de procedimiento. 3° Por lo demás, el artículo 149 del Código Procesal Penal es una regla de procedimiento, al regular la impugnación de ciertas y determinadas resoluciones adoptadas en audiencia, y la Ley N° 20.084 no tiene norma especial al efecto

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veintidós de marzo de dos mil veintitrés. Vistos y teniendo presente: Primero: Que, Doña Carmen Gloria Guevara Mendoza, Fiscal Adjunto de la Fiscalía Local de Las Condes, interpuso recurso de hecho en contra de la resolución de veintisiete de enero de dos mil veintitrés, dictada por la jueza Andrea Fabiola Díaz-Muñoz Bagolini del Cuarto Juzgado de Garantía de Santiago,

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica