CORTÉS/SYSTEM´S ASAP S.A.
Rol
Fecha
27 de marzo de 2023
Materia
REMUNERACIONES
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: Que el recurso de apelación, ante el juez de letras del trabajo, procede contra las sentencias interlocutorias que pongan término al juicio o hagan imposible su continuación, las que se pronuncien sobre medidas cautelares y las que fijen el monto de las liquidaciones o reliquidaciones de beneficios de seguridad social, naturaleza jurídica que, en la especie, la resolución impugnada –que rechaza un incidente de nulidad de lo obrado– no comparte, desde que si bien se trata de una sentencia interlocutoria, pero no cumple las características ya referidas y no se pronuncia sobre medida cautelar alguna. Por estas consideraciones, y lo dispuesto en los artículos 476 del Código del Trabajo y 213 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto por la demandada a folio 137 el catorce de marzo del presente, en contra de la resolución dictada el nueve de marzo del año en curso por el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. A los folios 3 y 4; a todo: Estese a lo resuelto. Regístrese y devuélvase. N°Laboral-Cobranza-913-2023.
Fallo
Por estas consideraciones, y lo dispuesto en los artículos 476 del Código del Trabajo y 213 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto por la demandada a folio 137 el catorce de marzo del presente, en contra de la resolución dictada el nueve de marzo del año en curso por el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. A los folios 3 y 4; a todo: Estese a lo resuelto. Regístrese y devuélvase. N°Laboral-Cobranza-913-2023.
Texto Completo (Preview)
cmos C.A. de Santiago Santiago, veintisiete de marzo de dos mil veintitrés. Vistos y teniendo presente: Que el recurso de apelación, ante el juez de letras del trabajo, procede contra las sentencias interlocutorias que pongan término al juicio o hagan imposible su continuación, las que se pronuncien sobre medidas cautelares y las que fijen el monto de las liquidaciones o reliquidaciones de benefi
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