SIN INFORMACION

BODLEUS/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

22 de marzo de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Comparece don Christian Edgardo Pérez Jara, abogado en nombre y en favor de don Phito Bodleus, de nacionalidad haitiana, quien deduce recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, representado legalmente por su Director Nacional, don Luis Eduardo Thayer Correa, en atención a que el actuar ilegal y arbitrario del recurrido vulnera su garantía constitucional de igualdad ante la ley. Funda su recurso en que con fecha 9 de septiembre de 2020, realizó solicitud de permanencia definitiva y que hasta la fecha no ha recibido respuesta del recurrido, cuestión que la mantiene en una situación de total incertidumbre.  Arguye que la omisión ilegal y arbitraria de no dar respuesta a la solicitud de permanencia definitiva, formulada hace más de un año, constituye una infracción a los artículos 4, 7, 9 y 27 de Ley N°19.880, al tiempo que atenta contra el principio de igualdad garantizado en el artículo 19 N° 2 de la Carta Fundamental.  En definitiva, solicita se acoja el recurso y se ordene al recurrido pronunciarse sobre la solicitud de visa de residencia definitiva. Segundo: Que informando al tenor del recurso los abogados del Servicio Nacional de Migraciones Nicolás Cornejo Montenegro y Rocío Rodríguez Zamora, abogados, solicitan el rechazo del recurso por haber perdido oportunidad. Explica que, don Phito Bodleus, ciudadano haitiano, con fecha 09 septiembre de 2020, solicitó permiso de permanencia definitiva y mediante la Comunicación electrónica folio N°20191411, de fecha 12 de noviembre de 2021, enviada al correo electrónico aportado por el solicitante, se informó al recurrente que su solicitud era incompleta o insuficiente, otorgando el plazo de 5 días hábiles para subsanar su solicitud o, de lo contrario, se tendría por desistida su petición, por aplicación del artículo 31 de la Ley 19.880 Transcurrido el plazo mencionado, el recurrente no acompañó antecedentes solicitados, dictando la Resolución Exenta N° 2151

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema que rige la materia, se rechaza, sin costas, el recurso de protección deducido en favor de Phito Bodleus en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N°Protección-8859-2022. En Valdivia, veintidós de marzo de dos mil veintitrés, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Valdivia Valdivia, veintidós de marzo de dos mil veintitrés. Vistos y teniendo presente: Primero: Comparece don Christian Edgardo Pérez Jara, abogado en nombre y en favor de don Phito Bodleus, de nacionalidad haitiana, quien deduce recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, representado legalmente por su Director Nacional, don Luis Eduardo Thayer Correa, en aten

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