JUZGADO DE GARANTIA DE CALAMA

MINISTERIO PUBLICO C/ ANA YUBIZA RODRIGUEZ REYES

Rol

Fecha

22 de marzo de 2023

Materia

MICROTRAFICO (TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES ART. 4 LEY Nº 20.000).

Resultado

REVOCADA

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Hechos

VISTOS: Lo expuesto por los intervinientes y teniendo presente que el hecho que la imputada pueda mantener un domicilio distinto a aquél en que fue detenida, no desvirtúa su participación en los delitos por los que fue formalizada, desde que aquella circunstancia no la excluye del lugar de los hechos, por ende no existen nuevos antecedentes que permitan modificar la cautelar a la que se encontraba sujeta y que unido a que la investigación se encuentra cerrada y ad portas de formularse la acusación de rigor, implica la posibilidad que aquella pueda evadir la acción de la justicia de no mantenerse su prisión preventiva. Finalmente, debe además asentarse que la discusión planteada por la defensa es una materia de fondo que debe dilucidarse en el juicio oral respectivo. Y visto lo dispuesto en los artículos 370 y siguientes del Código Procesal Penal, SE REVOCA la resolución apelada de fecha veintiuno de marzo de dos mil veintitrés, que dejó sin efecto la medida cautelar de prisión preventiva de la imputada Ana Rodríguez Reyes, por los delitos de tráfico de pequeñas cantidades de drogas y porte arma de prohibida artículo 3° letra e) de la Ley 17.798 y en su lugar se declara que se mantiene la cautelar de prisión preventiva de la formalizada antes nombrada. Regístrese y comuníquese. Rol 246-2023 (PENAL)

Fallo

se declara que se mantiene la cautelar de prisión preventiva de la formalizada antes nombrada. Regístrese y comuníquese. Rol 246-2023 (PENAL)

Texto Completo (Preview)

/jhc ACTA DE AUDIENCIA Antofagasta, a veintidós de marzo de dos mil veintitrés, ante la Primera Sala de esta Corte de Apelaciones, integrada por la Ministro Titular Sra. Jasna Pavlich Núñez, la Ministro Suplente Sra. Ingrid Castillo Fuenzalida y el Abogado Integrante Sr. Álvaro Tello Núñez, se llevó a efecto la audiencia para conocer el recurso de apelación deducido por el Ministerio Público, en c

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