SIN INFORMACION

SILVA/BRAVO

Rol

Fecha

23 de marzo de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos: 1°) Que, de acuerdo a la letra a) del artículo 549 del Código Orgánico de Tribunales, a fin de resolver la admisibilidad del recurso de queja, ha de evaluarse si concurren los requisitos de los artículos 545 y 548 del mismo cuerpo legal; 2°) Que, en especial, debe determinarse si se dirige contra una resolución susceptible de ser impugnada por esta vía, esto es, de una sentencia interlocutoria que ponga fin al juicio o haga imposible su continuación o de una sentencia definitiva, que no sean susceptibles de recurso alguno, ordinario o extraordinario; 3°) Que, el presente arbitrio se dirige en contra de la conciliación alcanzada en la audiencia de juicio de diecisiete de marzo de dos mil veintitrés, celebrada ante el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago; 4°) Que, la conciliación no reúne las exigencias expuestas en el motivo 2°, toda vez que no es una resolución, sino que un acto jurídico procesal y equivalente jurisdiccional por medio del que las partes alcanzan un acuerdo a instancias del juez, quien debe proponer bases para un arreglo, ello con independencia del valor de sentencia ejecutoriada que el inciso segundo del numeral 2) del artículo 453 del Código del Trabajo le otorga a “lo conciliado”; 5°) Que, como consecuencia de lo anterior, el presente arbitrio no puede ser acogido a tramitación, por no ser procedente. Por estas consideraciones, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 545 y siguientes del Código Orgánico de Tribunales, se declara inadmisible el recurso de queja interpuesto con fecha veintiuno de marzo de dos mil veintitrés. Archívese. N° Laboral – cobranza-915-2023. Pronunciada por la Sala Tramitadora de esta Corte de Apelaciones, presidida por la Ministra señora Maritza Villadangos Frankovich e integrada por la Ministra señora Paola Danai Hasbún Mancilla y por la Ministra señora Elsa Barrientos Guerrero.

Fallo

Por estas consideraciones, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 545 y siguientes del Código Orgánico de Tribunales, se declara inadmisible el recurso de queja interpuesto con fecha veintiuno de marzo de dos mil veintitrés. Archívese. N° Laboral – cobranza-915-2023. Pronunciada por la Sala Tramitadora de esta Corte de Apelaciones, presidida por la Ministra señora Maritza Villadangos Frankovich e integrada por la Ministra señora Paola Danai Hasbún Mancilla y por la Ministra señora Elsa Barrientos Guerrero.

Texto Completo (Preview)

cmos C.A. de Santiago (Sala Tramitadora) Santiago, veintitrés de marzo de dos mil veintitrés. Al folio N° 1: a todo, estese a lo que se resolverá a continuación. Vistos: 1°) Que, de acuerdo a la letra a) del artículo 549 del Código Orgánico de Tribunales, a fin de resolver la admisibilidad del recurso de queja, ha de evaluarse si concurren los requisitos de los artículos 545 y 548 del mismo cuer

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