SIN INFORMACION

DOCTEUR / SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

22 de marzo de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Vistos: A folio 1, comparece don Christian Pérez Jara, abogado, en nombre y en favor de don HEBERSON DOCTEUR, de nacionalidad haitiana, ambos domiciliados para estos efectos en Claudio Vicuña 930 oficina 201, Quilpué, Región de Valparaíso, quien interpone recurso de protección en ejercicio del derecho conferido por el artículo 20 de la Constitución Política de la República, en contra del SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES, continuador legal del Departamento de Extranjería y Migración, con domicilio en San Antonio 580, 6° piso, comuna y ciudad de Santiago, Región Metropolitana, por la omisión ilegal y arbitraria en emisión de resolución exenta que pone fin al procedimiento administrativo aprobando o rechazando la solicitud de Permanencia Definitiva, solicitada con fecha 20 de noviembre de 2020, al vulnerar dicha omisión el principio de igualdad ante la ley, conforme lo preceptuado en el artículo 19 número 2 de la Constitución Política de la República, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 27 de la Ley N°19.880. Señala que el actor se encontraba en Chile con visa de residencia temporaria, sin embargo, con el objeto de desarrollar sus proyectos de vida en nuestro país, previo al vencimiento de su visa, ingresó una solicitud para obtener la Permanencia Definitiva con fecha 20 de noviembre de 2020 código N° 14729288. Lamentablemente, el recurrente no ha obtenido respuesta alguna por parte del recurrido, y al realizar la consulta en el portal web del Servicio Nacional de Migraciones, a saber https://tramites.extranjeria.gob.cl/, se indica que su solicitud de Permanencia Definitiva presenta un avance de 53%, habiendo transcurrido más de seis meses desde la formulación de la solicitud, plazo fijado por la ley para resolver actos administrativos a la fecha de la presentación de la solicitud. Pide, en definitiva, se ordene al recurrido que se pronuncie sobre la acción, adoptando las providencias que sean necesarias para restablecer el imperio del derecho. Acompaña

Fundamentos

CONSIDERANDO: Que, del mérito de los antecedentes, se advierte que el procedimiento para la obtención de la permanencia definitiva solicitada por el ciudadano extranjero se encuentra en trámite, existiendo una dilación excesiva en su tramitación si se atiende a su fecha de inicio y,

Fallo

por tanto, implica una omisión ilegal y arbitraria que contraviene los principios de celeridad y conclusivo establecidos en los artículos 7 y 27 de la Ley N° 19.880, conculcando la garantía consagrada en el artículo 19 N° 2 de la Constitución Política de la República, razón por la cual se acogerá esta acción en los términos que se indicarán. Por estas consideraciones y lo establecido en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección, se acoge, sin costas, el recurso de protección deducido a favor de don Heberson Docteur, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, sólo en cuanto la recurrida deberá, dentro del plazo de sesenta días hábiles, concluir la tramitación y emitir pronunciamiento como en derecho corresponda, sobre la solicitud presentad por el recurrente. Regístrese, notifíquese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Protección-2301-2023. En Valparaíso, veintidós de marzo de dos mil veintitrés, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

Foja: 0 Cero C.A. de Valparaíso Valparaíso, veintidós de marzo de dos mil veintitrés. Vistos: A folio 1, comparece don Christian Pérez Jara, abogado, en nombre y en favor de don HEBERSON DOCTEUR, de nacionalidad haitiana, ambos domiciliados para estos efectos en Claudio Vicuña 930 oficina 201, Quilpué, Región de Valparaíso, quien interpone recurso de protección en ejercicio del derecho conferido

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