EDGARDO ENRIQUE CATALAN SANCHEZ C/ OSCAR DANIEL CATALAN SUAZO
Rol
5432-2022
Fecha
2 de marzo de 2022
Materia
Reforma
Resultado
DECLARA INADMISIBLE RECURSO DE NULIDAD, REMITE ANT
Hechos
Vistos y teniendo presente: 1° Que en proceso seguido ante el Juzgado de Letras y Garantía de Puerto Aysén, los que han sido remitidos a esta Corte Suprema para conocer del recurso de nulidad interpuesto por la querellante contra la sentencia que absolvió al acusado de los delitos del delito de injurias graves con publicidad. 2° Que por el recurso interpuesto por la parte querellante, se ha invocado como causal principal la de la letra a) del artículo 373 del Código Procesal Penal; señalando como infringido el derecho al debido proceso y a la igualdad ante la ley al no permitirse a su parte la incorporación de prueba por parte del Tribunal. 3° Que entiende esta Corte, que la causal del artículo 373 A) del Código Procesal Penal, tiene como titular de las garantías a que alude tal precepto, al imputado, y en caso alguno al Ministerio Público o al querellante; desde que así ha sido reconocido en los diversos instrumentos internacionales, lo que resulta de toda lógica, desde que ello encuentra sustento, a fin de que la persona condenada pueda contrarrestar el aparato punitivo Estatal, y aunque el querellante, no tiene por función propia la dirección en forma exclusiva de la investigación de los hechos constitutivos de delitos, es parte acusadora en el proceso, más en este tipo de procedimiento de acción penal privada; por lo que no cuenta con legitimación activa por la causal esgrimida, lo que conlleva necesariamente que el recurso sea declarado inadmisible en lo que a la causal principal se refiere. Por estas consideraciones y disposiciones legales citadas, se declara inadmisible la causal principal del recurso de nulidad interpuesto por la querellante en contra de la sentencia dictada por el Juzgado de Letras y Garantía de Aysén; Remítase a la Corte de Apelaciones de Coyhaique, para que previa revisión en cuenta del recurso en lo que a la causal subsistente se refiere, si es del caso, fije audiencia para su conocimiento y resolución. Al escrito folio 14709-22; tén
Fallo
Por estas consideraciones y disposiciones legales citadas, se declara inadmisible la causal principal del recurso de nulidad interpuesto por la querellante en contra de la sentencia dictada por el Juzgado de Letras y Garantía de Aysén; Remítase a la Corte de Apelaciones de Coyhaique, para que previa revisión en cuenta del recurso en lo que a la causal subsistente se refiere, si es del caso, fije audiencia para su conocimiento y resolución. Al escrito folio 14709-22; téngase presente y estese a lo decidido. Regístrese y remítase. Rol N° 5432-22.
Texto Completo (Preview)
Santiago, dos de marzo de dos mil veintidós. Vistos y teniendo presente: 1° Que en proceso seguido ante el Juzgado de Letras y Garantía de Puerto Aysén, los que han sido remitidos a esta Corte Suprema para conocer del recurso de nulidad interpuesto por la querellante contra la sentencia que absolvió al acusado de los delitos del delito de injurias graves con publicidad. 2° Que por el recurso int
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