MINISTERIO PÚBLICO C/ GABRIEL EDUARDO GODOY SALADRIGAS
Rol
Fecha
22 de marzo de 2023
Materia
ROBO CON INTIMIDACION . ART. 433, 436 INC. 1º 438.
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos y oídos: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes, aparece que la secuencia de actos dan cuenta de la constatación de un vehículo que circulaba sin la placa patente trasera, en claro incumplimiento al artículo 51 de la Ley de Tránsito, lo que autorizaba a Carabineros para proceder a la fiscalización de su conductor de notorio aspecto adolescente, lo que deviene en la indagación de la placa patente delantera del vehículo y la posible perpetración de un delito, lo que permitió, legítimamente, el actuar de la policía, de manera que no hay ilegalidad en la detención de los imputados. Además, se tiene presente que las indagaciones posteriores respecto de la eventual participación de los imputados en el delito base de robo con intimidación, se realizó con autorización del Fiscal del Ministerio Público y con fotografías de aquéllos obtenidas del Servicio de Registro Civil e Identificación, de manera que no es posible encuadrar aquello en la hipótesis del artículo 31 de la Ley 20.084. Por estas consideraciones y de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 85 y 132 bis del Código Procesal Penal, se revoca, en lo apelado, la resolución de veintisiete de febrero de dos mil veintitrés, dictada por el Juzgado de Garantía de Quilpué, que declaró ilegal la detención de los imputados Gabriel Eduardo Godoy Saladrigas, Giovanni Kail Dibsi Magna, Jesús Gustavo Daniel Méndez Raffernau e Yker Franco Tello Campos y, en su lugar se decide que aquélla se efectuó conforme a derecho. Devuélvase y comuníquese por la vía más expedita. NºPenal-497-2023.
Fallo
Por estas consideraciones y de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 85 y 132 bis del Código Procesal Penal, se revoca, en lo apelado, la resolución de veintisiete de febrero de dos mil veintitrés, dictada por el Juzgado de Garantía de Quilpué, que declaró ilegal la detención de los imputados Gabriel Eduardo Godoy Saladrigas, Giovanni Kail Dibsi Magna, Jesús Gustavo Daniel Méndez Raffernau e Yker Franco Tello Campos y, en su lugar se decide que aquélla se efectuó conforme a derecho. Devuélvase y comuníquese por la vía más expedita. NºPenal-497-2023.
Texto Completo (Preview)
Jbl C.A. de Valparaíso ACTA DE AUDIENCIA Audiencia realizada en Valparaíso, a veintidós de marzo de dos mil veintitrés, a las 10:16 horas, ante la Cuarta Sala de esta Corte de Apelaciones de Valparaíso presidida por el Ministro Sr. Mario Gómez Montoya e integrada por el Ministro Sr. Jaime Arancibia Pinto y por el Fiscal Judicial Interino Sr. Erik Espinoza Cerda, para la vista del recurso de apelac
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