1° JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO

OSORIO/FUENTES Y COMPAÑÍA LIMITADA

Rol

Fecha

24 de marzo de 2023

Materia

DESPIDO INJUSTIFICADO

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Que el recurso de apelación, ante el juez de letras del trabajo, procede contra las sentencias interlocutorias que pongan término al juicio o hagan imposible su continuación, las que se pronuncien sobre medidas cautelares y las que fijen el monto de las liquidaciones o reliquidaciones de beneficios de seguridad social, naturaleza jurídica que, en la especie, la resolución impugnada –que rechaza un incidente de nulidad– no comparte, desde que si bien se trata de una sentencia interlocutoria, pero no cumple las características ya referidas y no se pronuncia sobre medida cautelar alguna. Por estas consideraciones, y lo dispuesto en los artículos 476 del Código del Trabajo y 213 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto por la demandada a folio 29 el dos de marzo del presente, en contra de la resolución dictada el veinticuatro de febrero del año en curso por el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Regístrese y devuélvase. N°Laboral-Cobranza-806-2023.

Fallo

Por estas consideraciones, y lo dispuesto en los artículos 476 del Código del Trabajo y 213 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto por la demandada a folio 29 el dos de marzo del presente, en contra de la resolución dictada el veinticuatro de febrero del año en curso por el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Regístrese y devuélvase. N°Laboral-Cobranza-806-2023.

Texto Completo (Preview)

cmos C.A. de Santiago Santiago, veinticuatro de marzo de dos mil veintitrés. Vistos y teniendo presente: Que el recurso de apelación, ante el juez de letras del trabajo, procede contra las sentencias interlocutorias que pongan término al juicio o hagan imposible su continuación, las que se pronuncien sobre medidas cautelares y las que fijen el monto de las liquidaciones o reliquidaciones de benef

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