SIN INFORMACION

CHARLES KENEL CONTRA SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

21 de marzo de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO: Comparece Charles Kenel, quien recurre de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Expone, en síntesis, que solicitó la prórroga de su visa el 14 de mayo de 2021, sin obtener respuesta a la fecha respecto del estado de su solicitud. Solicita se ordene a la recurrida se pronuncie lo antes posible respecto a su trámite migratorio. Acompaña documentos a su presentación. Informando el Servicio Nacional de Migraciones, solicita el rechazo del recurso intentado, al haber perdido oportunidad y eficacia al haberse pronunciado el Servicio respecto de la solicitud del recurrente, mediante comunicación electrónica folio N° 19613085, de 20 de octubre de 2021, mediante la cual se le informan los

Fundamentos

motivos por los que aquella no cumple con los requisitos de forma y fondo exigidos por la normativa migratoria, y que, en consecuencia, corresponde al extranjero dar cumplimiento a lo indicado por la autoridad con el propósito de obtener el correspondiente permiso migratorio. Se trajeron los autos en relación. CON LO RELACIONADO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el artículo 20 de la Constitución Política de la República concede, a quien por causa de actos u omisiones arbitrarios o ilegales sufra privación, perturbación o amenaza en el legítimo ejercicio de los derechos y garantías taxativamente señalados, la acción cautelar de protección a fin de impetrar del órgano jurisdiccional se adopten de inmediato las medidas o providencias que juzgue necesarias para restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida protección del afectado. De lo anterior se infiere que para su procedencia es requisito indispensable la existencia de un acto u omisión ilegal, es decir, contrario a derecho, en el sentido de vulnerar un precepto normativo obligatorio, o bien, arbitrario, esto es, producto del mero capricho de quien incurre en él, de modo que la arbitrariedad significa carencia de razonabilidad en el actuar u omitir. SEGUNDO: Que, del recurso se colige un reclamo en contra de la recurrida, ya que habiendo presentado el 14 de mayo de 2021 su solicitud de prórroga de visa, hasta la fecha no ha recibido respuesta definitiva del recurrido. A su turno, la recurrida manifiesta que mediante comunicación electrónica folio N° 19613085, de 20 de octubre de 2021, se informó al recurrente los motivos por los que aquella no cumple con los requisitos de forma y fondo exigidos por la normativa migratoria, y que, en consecuencia, corresponde al extranjero dar cumplimiento a lo indicado por la autoridad con el propósito de obtener el correspondiente permiso migratorio. TERCERO: De los antecedentes, aparece que lo referido por la recurrida, corroborado con la documentación acompañada en su informe, evidencia que en la especie el arbitrio ha perdido oportunidad, no existiendo en la especie alguna medida cautelar que fuere necesario adoptar, motivos por los que el deducido será desestimado. Y visto, además, lo establecido en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, SE RECHAZA la acción constitucional de protección presentada. Regístrese, comuníquese y en su oportunidad, archívese. Rol N° Protección-3442-2022.

Texto Completo (Preview)

Iquique, veintiuno de marzo de dos mil veintitrés. Resolviendo al primer otrosí de la presentación folio N° 13: Teniendo presente lo señalado y las excusas expuestas, se acoge la reposición planteada, y, en consecuencia, se dejan sin efecto las multas impuestas al Director del Servicio Nacional de Migraciones. VISTO: Comparece Charles Kenel, quien recurre de protección en contra del Servicio Naci

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica