2º JUZGADO DE LETRAS DE CURICO

KUEHNE NAGEL LIMITADA CON SOCIEDAD EXPORTADORA BRIZA SPA.(E)

Rol

150556-2020

Fecha

28 de febrero de 2022

Materia

Civil

Resultado

RECHAZA CASACION EN EL FONDO (M)

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Hechos

VISTO: En estos autos Rol C-1979-2017 del Segundo Juzgado de Letras de Curicó, sobre juicio ejecutivo cobro de facturas, caratulado “Keuhn + Naguel Limitada con Sociedad Exportadora Briza SpA” la Juez titular de dicho tribunal, mediante sentencia de fecha catorce de enero de dos mil diecinueve, rechazó la demanda ejecutiva al acoger la excepción del artículo 464 Nº 7 del Código de Procedimiento Civil. Apelada dicha decisión por la parte ejecutante, la Corte de Apelaciones de Talca por sentencia de dieciocho de diciembre del dos mil veinte, la confirmó con costas del recurso. En contra de esta última resolución la parte ejecutante interpuso un recurso de casación en el fondo. Se ordenó traer los autos en relación.

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que la demandante por medio de recurso atribuye a la sentencia que impugna la infracción del artículo 464 Nº 7 del Código de Procedimiento Civil y del artículo 9 de la Ley Nº 19.993 y lo funda en que las facturas cuya cobranza se ha llevado adelante en este procedimiento no fueron reclamadas en el plazo establecido en el artículo 4 de la ley mencionada. Tales documentos, dice, cumplen los requisitos del artículo 5 letra c) y contienen todas las menciones previstas en la ley y cuenta con la aptitud necesaria para constituirse en un título ejecutivo que sirve de base a la presente ejecución y por ello, yerra la sentencia recurrida al acoger la excepción opuesta por la parte ejecutada. SEGUNDO: Que en estos autos Keuhne+Nagel Ltda presentó una demanda ejecutiva para el cobro de 15 facturas electrónicas emitidas entre el 15 de noviembre y el 26 de diciembre de 2016, por un monto total de $20.919.677, dadas en la prestación de servicios de gestión de envíos de mercaderías exportadas por la demandada, por vía aérea. La causa había comenzado con una gestión preparatoria en la que la ejecutada se opuso con fundamento en los mismos antecedentes que luego sustentaron su excepción a la ejecución, no obstante, aquella fue rechazada por no ser idóneos en esta etapa del procedimiento. Notificada de la demanda ejecutiva, la Sociedad Exportadora Briza SpA, opuso como excepción la del artículo 464 Nº 7 del Código de Procedimiento Civil, indicando que, conforme el artículo 5 letra c) de la Ley Nº 19.993 no constaba en las facturas el recibo de las mercaderías, su fecha y la identificación de las personas que la recibieron, ni indicaba ello en las guías de despacho correspondientes. Agregó a lo anterior, como segundo argumento, que las facturas no cumplían todos los requisitos del artículo 5 de la ley señalada y que los servicios no fueron efectivamente prestados. En su traslado, la ejecutante indicó que los servicios si fueron prestados en la forma detallada en cada factura y que la obligación de otorgar recibo de los mismos es del beneficiario de los servicios, conforme los artículos 5 y 4 letra b) de la Ley Nº 19.983, lo que no cumplió la ejecutada. TERCERO: Que la sentencia de primera instancia luego de reseñar los antecedentes del proceso y las alegaciones de las partes, indicó que para que la copia de la factura tenga mérito ejecutivo, es preciso que en ella conste la recepción de las mercaderías con la firma y nombre de la persona que recibe, puesto que ello constituye el hecho que fue puesta en conocimiento del deudor, y que, en el caso de las 15 facturas que fundamenta la presente ejecución, no consta en ellas el acuse de recibo electrónico del receptor, de acuerdo a lo previsto en el artículo 9 de la Ley Nº 19.983, y que ello tampoco consta en las guías de despacho que se acompañaron por la demandante. Por ello, las facturas acompañadas por la ejecutante, señala el fallo, sin los señalamientos de acuse de recibo, no permiten ac

Texto Completo (Preview)

Santiago, veintiocho de febrero de dos mil veintidós. VISTO: En estos autos Rol C-1979-2017 del Segundo Juzgado de Letras de Curicó, sobre juicio ejecutivo cobro de facturas, caratulado “Keuhn + Naguel Limitada con Sociedad Exportadora Briza SpA” la Juez titular de dicho tribunal, mediante sentencia de fecha catorce de enero de dos mil diecinueve, rechazó la demanda ejecutiva al acoger la excepci

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