MONICA GRACIELA FLORES ALARCON CON CRISTINA DEL ROSARIO ESPINOZA CAMAÑO. ACUMULADA ROL 2726-2022 (CAS. Y APEL. SENT. DEF.)
Rol
Fecha
23 de marzo de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ANULA DE OFICIO
Hechos
Visto y teniendo presente: 1°.- En estos antecedentes Rol Civil N°1443-2022, correspondientes a la causa Rol C-67-2022 del Juzgado de Letras de Tomé, la sentencia definitiva de ocho de agosto de dos mil veintidós resolvió: “I.- Ha Lugar con costas, a la tacha interpuesta en contra de la testigo Rosa Estela Espinoza Camaño, no debiéndose considerar su declaración. II.- No ha lugar con costas, a la prescripción adquisitiva extraordinaria interpuesta por don Mario Alex Sánchez Medina, en representación de doña Mónica Graciela Flores Alarcón”. En contra de esta resolución la parte demandante deduce recurso de casación en la forma, denunciando que la sentencia contiene el vicio de nulidad previsto en el artículo 768 N°2 del Código de Procedimiento Civil, en relación al artículo 195 N°5 del Código Orgánico de Tribunales. En subsidio, deduce recurso de apelación solicitando la revocación de la sentencia impugnada, y que en su lugar se acoja la demanda de autos, por las razones que indica. 2°.- Consta a folio 66 del expediente de primera instancia que el Juez Subrogante don Guillermo Medardo Hernández Moris, el 23 de agosto de 2022, esto es, cuatro días después de presentado el recurso de casación antes aludido (Folio 65) dictó la siguiente resolución: “Tomé, veintitrés de agosto de dos mil veintidós. Visto: El mérito de autos, habiendo este juez con conocimiento de los antecedentes sobre la cuestión pendiente, al haber sido apoderado de la demandante de autos, declaro mi inhabilidad para conocer de la presente causa, por afectarme la causal de implicancia contemplada en el artículo 195 numeral 5° del Código Orgánico de Tribunales. Pasen los antecedentes al Juez no Inhabilitado, a fin de proveer escrito de folio 65. Resolvió don GUILLERMO MEDARDO HERNÁNDEZ MORIS, Defensor Público, subrogando legalmente en Juzgado de Letras de Tomé, quien suscribe mediante firma electrónica avanzada. En Tomé, a veintitrés de agosto de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario
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C.A. de Concepción xsr Concepción, veintitrés de marzo de dos mil veintitrés. Visto y teniendo presente: 1°.- En estos antecedentes Rol Civil N°1443-2022, correspondientes a la causa Rol C-67-2022 del Juzgado de Letras de Tomé, la sentencia definitiva de ocho de agosto de dos mil veintidós resolvió: “I.- Ha Lugar con costas, a la tacha interpuesta en contra de la testigo Rosa Estela Espinoza Cama
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