Jdo. Cob. Laboral y Previsional de Concepción

A.F.P. HABITAT S.A. CON MUNICIPALIDAD DE TALCAHUANO

Rol

P-79-2021

Fecha

10 de enero de 2022

Materia

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO: Con fecha 06 de enero de 2021, comparece A.F.P HABITAT S.A, representada por el abogado Francisco Tocornal Fuenzalida, con domicilio en Aníbal Pinto N° 531, Concepción, quien deduce acción de cobro de imposiciones impagas en contra de MUNICIPALIDAD DE TALCAHUANO, representada por Henry Campos Coa, domiciliado en Aníbal Pinto N° 490, Talcahuano, fundado en la resolución que se acompaña, dictada en conformidad con lo señalado en el DL 3.500, y Ley N° 17.322, por el trabajador, meses y montos que se señalan en ellas, y por un total de $2.111.466, mas intereses, reajustes y recargos correspondientes. Indica que la resolución dictada tiene mérito ejecutivo, siendo la deuda líquida, actualmente exigible y encontrándose no prescrita la acción ejecutiva. Por lo señalado y normas que cita, solicita tener por interpuesta demanda ejecutiva en contra de la ejecutada, ya singularizada, acogerla en todas sus partes, y ordenar despachar en su contra mandamiento de ejecución y embargo y ordenar se siga adelante con la ejecución hasta que se pague íntegramente las cantidades ya indicadas, con costas.- Con fecha 02 de diciembre de 2021, comparece la ejecutada, ya individualizada, y opuso a la ejecución la excepción de existir error de hecho en el cálculo de las cotizaciones adeudadas. Indica que la demanda tiene su origen en la causa O-361-2016, del Juzgado de Letras del Trabajo de Concepción en que se dictó sentencia de reemplazo por la Corte Suprema, transcribiendo su parte resolutiva. Expresa que de la simple lectura del fallo se desprende que las imposiciones deben ser pagadas desde el día inmediatamente posterior a su cese, que ocurrió el 31 de enero de 2016. Así se ha incurrido en un evidente error de hecho al calcular las cotizaciones desde el mes de marzo de 2009. Por lo señalado, solicita tener por opuesta la excepción señalada, declarando que se le acoge desechando con ello la demanda ejecutiva, con costas.- Habiéndose conferido traslado, éste no fue evacuado.- Con f

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha 06 de enero de 2021, comparece A.F.P Habitat S.A, representada, quien deduce acción de cobro de cotizaciones impagas en contra de Municipalidad de Talcahuano, todos ya individualizados, fundado en las consideraciones expuestas precedentemente y que se dan por reproducidas en aras de la economía procesal, solicitando en definitiva tener por presentada demanda ejecutiva en contra de la ejecutada, ya singularizada, acogerla en todas sus partes, y ordenar despachar en su contra mandamiento de ejecución y embargo y ordenar se siga adelante con la ejecución hasta que se pague íntegramente las cantidades ya indicadas, con costas.- SEGUNDO: Que, con fecha 02 de diciembre de 2021, comparece la ejecutada, ya individualizada, y opuso a la ejecución la excepción de existir error de hecho en el cálculo de las cotizaciones adeudadas, por los fundamentos consignados en la expositiva y que se dan por expresamente reproducidos, solicitando tener por opuesta la excepción señalada, declarando que se le acoge desechando con ello la demanda ejecutiva, con costas; TERCERO: Que, habiéndose conferido traslado, este no fue evacuado.- CUARTO: Que, la ejecutada rindió prueba documental de copia de sentencia de reemplazo en unificación de jurisprudencia, de fecha 14 de agosto de 2017, dictada por la Excusa. Cote Suprema en antecedentes Rol N° 73.444-2016. A su turno se rindió la testimonial de Juan Francisco Torres Vargas y Marcela Breve Henríquez, quienes debidamente juramentados e interrogados al tenor de los hechos, expresaron en síntesis: El primero, que sabe que existe un error en el cálculo considerando el

Fallo

FALLO: 10 ENERO 2022.- Concepción, diez de enero de dos mil veintidós. VISTO: Con fecha 06 de enero de 2021, comparece A.F.P HABITAT S.A, representada por el abogado Francisco Tocornal Fuenzalida, con domicilio en Aníbal Pinto N° 531, Concepción, quien deduce acción de cobro de imposiciones impagas en contra de MUNICIPALIDAD DE TALCAHUANO, representada por Henry Campos Coa, domiciliado en Aníbal Pinto N° 490, Talcahuano, fundado en la resolución que se acompaña, dictada en conformidad con lo señalado en el DL 3.500, y Ley N° 17.322, por el trabajador, meses y montos que se señalan en ellas, y por un total de $2.111.466, mas intereses, reajustes y recargos correspondientes. Indica que la resolución dictada tiene mérito ejecutivo, siendo la deuda líquida, actualmente exigible y encontrándose no prescrita la acción ejecutiva. Por lo señalado y normas que cita, solicita tener por interpuesta demanda ejecutiva en contra de la ejecutada, ya singularizada, acogerla en todas sus partes, y ordenar despachar en su contra mandamiento de ejecución y embargo y ordenar se siga adelante con la ejecución hasta que se pague íntegramente las cantidades ya indicadas, con costas.- Con fecha 02 de diciembre de 2021, comparece la ejecutada, ya individualizada, y opuso a la ejecución la excepción de existir error de hecho en el cálculo de las cotizaciones adeudadas. Indica que la demanda tiene su origen en la causa O-361-2016, del Juzgado de Letras del Trabajo de Concepción en que se dictó sentenc

Texto Completo (Preview)

CAUSA: RIT P-79-2021 DEMANDANTE: A.F.P. HABITAT S.A..- DEMANDADO: MUNICIPALIDAD DE TALCAHUANO.- MATERIA: DEMANDA EJECUTIVA.- FECHA DE INICIO: 06 ENERO 2021.- PARA FALLO: 10 ENERO 2022.- Concepción, diez de enero de dos mil veintidós. VISTO: Con fecha 06 de enero de 2021, comparece A.F.P HABITAT S.A, representada por el abogado Francisco Tocornal Fuenzalida, con domicilio en Aníbal Pinto N° 531, C

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