SIN INFORMACION

LOUIS / SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

20 de marzo de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Vistos: A folio 1, comparece don Christian Pérez Jara, abogado, en nombre y en favor de don MEZAC LOUIS, de nacionalidad haitiana, quien interpone recurso de protección en ejercicio del derecho conferido por el artículo 20 de la Constitución Política de la República, en contra del SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES, continuador legal del Departamento de Extranjería y Migración, por la omisión ilegal y arbitraria en emisión de resolución exenta que pone fin al procedimiento administrativo aprobando o rechazando la Solicitud de Permanencia Definitiva, solicitada con fecha 27 de enero de 2022, al vulnerar dicha omisión el principio de igualdad ante la ley, conforme lo preceptuado en el artículo 19 número 2 de la Constitución Política de la República, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 27 de la Ley N°19.880. Señala que el actor don MEZAC LOUIS, de nacionalidad haitiana, se encontraba en Chile con visa de residencia temporaria, sin embargo, con el objeto de desarrollar sus proyectos de vida en nuestro país, previo al vencimiento de su visa, ingresó una Solicitud para obtener la Permanencia Definitiva con fecha 27 de enero de 2022 (código N° 10735318). Indica que el recurrente no ha obtenido respuesta alguna por parte del recurrido, y al realizar la consulta en el portal web del Servicio Nacional de Migraciones, a saber https://tramites.extranjeria.gob.cl/, se indica que su solicitud de Permanencia Definitiva presenta un avance de 1%, habiendo transcurrido más de seis meses desde la formulación de la solicitud, plazo fijado por la ley para resolver actos administrativos a la fecha de la presentación de la solicitud. Pide, en definitiva, se ordene al Servicio recurrido que se pronuncie sobre la solicitud, adoptando las providencias que sean necesarias para restablecer el imperio del derecho. A folio 11, se prescinde del informe y se trajeron los autos en relación. Con lo relacionado y

Fundamentos

considerando: Que, no habiéndose informado por la recurrida el estado de tramitación de la solicitud, se tendrá presente la fecha de inicio de tramitación de la misma, acreditada por medio de documentos acompañados al recurso de folio 1, a partir de lo cual aparece que ha existido una dilación excesiva en su tramitación lo que permite concluir que la autoridad administrativa ha infringido los artículos 7° y 27° de la Ley N°19.880 y, como consecuencia de aquello, lo dispuesto en la garantía constitucional del artículo 19 N° 2 de la Constitución Política de la República, al realizarse por un Órgano de la Administración del Estado, una discriminación arbitraria e ilegal en la tramitación de la solicitud de permanencia definitiva, en relación con el trato dispensado a otros interesados que en igual situación han podido tramitar sus solicitudes y obtener una decisión terminal, razones por las cuales se acogerá la presente acción.

Fallo

Por estas consideraciones y lo establecido en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección, se acoge, sin costas, el recurso de protección deducido en favor de Mezac Louis en contra del Servicio de Migraciones, debiendo la autoridad migratoria recurrida dentro del plazo de sesenta días hábiles, concluir la tramitación y emitir pronunciamiento, como en derecho corresponda, sobre la solicitud de permanencia definitiva presentada por el actor. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Protección-2036-2023.

Texto Completo (Preview)

I.C.A. de Valparaíso Valparaíso, veinte de marzo de dos mil veintitrés. Vistos: A folio 1, comparece don Christian Pérez Jara, abogado, en nombre y en favor de don MEZAC LOUIS, de nacionalidad haitiana, quien interpone recurso de protección en ejercicio del derecho conferido por el artículo 20 de la Constitución Política de la República, en contra del SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES, continuador

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