Jdo. Cob. Laboral y Previsional de San Miguel

ORTIZ/AGRICOLA E INMOBILIARIA SAN ANDRES LIMITADA

Rol

C-415-2021

Fecha

10 de enero de 2022

Materia

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Texto Completo (Preview)

ero San Miguel, diez de enero de dos mil veintidós. Atendido el tiempo transcurrido, no ha lugar por extemporáneo. Sin perjuicio de lo resuelto, y atendido el tenor de la resolución de fecha 24 de diciembre de 2021, reitérese la solicitud de liquidación del crédito, una vez transcurrido el plazo contemplado en el artículo 466 del Código del Trabajo. RIT: C-415-2021 RUC: 20-4-0241238-1 Proveyó el

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica