8º JUZGADO DEL CRIMEN DE SANTIAGO

QTES: UNIDAD PROGRAMA DE DERECHOS HUMANOS DEL MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS/MANRIQUEZ BRAVO CESAR (TOMOS I, II, III, IV Y V)

Rol

Fecha

20 de marzo de 2023

Materia

PRESUNTA DESGRACIA

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Vistos: El mérito de los antecedentes reunidos en esta causa, se revoca la resolución apelada de diez de enero de dos mil veintitrés, dictada por el Ministro en Visita Extraordinaria señor Guillermo De la Barra Dünner, escrita a fojas 1839 y siguientes: Y teniendo, además, en su lugar presente: 1°. - Respecto al delito de secuestro de Carlos Eladio Salcedo Morales. a.- Que existen antecedentes que justifican la existencia del delito que se investiga, fundamentalmente las declaraciones de Claudio Herrera Sanhueza (fojas 121 y 149), Cristian Van Yurick (fojas 341), León Gómez Araneda (fojas 1065), Patricia Jorquera (fojas 334 y 800) y Silvia Salvado Morales (fojas 445). Además, los antecedentes de la causa rol N° 912-2011 del Ministro Sustanciador señor Mario Carroza Espinosa, sobre secuestro de Rosseta Pallini, que contiene las declaraciones de Marcia Merino (fs. 1226) y Frida Modack (fojas 19), que se tienen a la vista. Los diversos partes policiales y órdenes de investigar de la Brigada de Derechos Humanos de la Policía de Investigaciones de Chile. La querella del programa de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia y de Derechos Humanos. En cuanto tales antecedentes refieren, además, a lo señalado en el informe de la Comisión Nacional de Verdad y Reconciliación, que registra la detención y desaparición de Carlos Eladio Salcedo Morales el 16 de agosto de 1974. La querella del programa de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia y de Derechos Humanos. En cuanto tales antecedentes, además, a lo señalado en el informe de la Comisión Nacional de Verdad y Reconciliación, que registra la detención y desaparición de Carlos Eladio Salcedo Morales el 16 de agosto de 1974. Tales antecedentes acreditan que Carlos Eladio Salcedo Morales, estudiante, de 21 años de edad a la época, militante del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR), el día 16 de agosto de 1974, fue detenido por agentes del Estado, pertenecientes a la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA), qui

Fallo

se resuelve: Que se somete a proceso al imputado Cesar Manríquez Bravo, en calidad de encubridor del delito de secuestro calificado de Carlos Eladio Salcedo Morales, cometido a partir del día 16 de agosto de 1974, en la ciudad de Santiago. El señor Ministro Instructor deberá practicar al procesado la notificación que corresponde de acuerdo a las normas citadas y comunicará el arraigo de pleno derecho sujeto a las autoridades correspondientes. Devuélvase, con sus tomos. N°Penal-219-2023. Pronunciada por la Séptima Sala de la Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por la Ministra señora Elsa Barrientos Guerrero e integrada por la Ministra (S) señora Lidia Poza Matus y por el Abogado Integrante señor Eduardo Jequier Lehuedé.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veinte de marzo de dos mil veintitrés. Al escrito folio 17, estése a lo que se resolverá. Vistos: El mérito de los antecedentes reunidos en esta causa, se revoca la resolución apelada de diez de enero de dos mil veintitrés, dictada por el Ministro en Visita Extraordinaria señor Guillermo De la Barra Dünner, escrita a fojas 1839 y siguientes: Y teniendo, además, en su l

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