Jdo. Cob. Laboral y Previsional de Concepción

FREDES CON INGENIERIA Y CONSTRUCCION RUCAN S.A.

Rol

C-698-2016

Fecha

10 de enero de 2022

Materia

Resultado

No especificado

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Hechos

Visto: 1°.- Que, comparece el ejecutado solicitando se declare abandonado el procedimiento. Hace relación de la causa desde la RIT M-1223-206, del Juzgado de Letras del Trabajo de Concepción, que da origen a la presente, indicando que con fecha 18 de julio de 2017 se acogió parcialmente la excepción de pago deducida. Indica que con fecha 14 de septiembre de 2018 se tuvo por practicada liquidación de crédito, solicitando el 05 de octubre de 2018 giro de cheques el actor, al que se accedió con fecha 30 de octubre de 2018. El 5 de octubre de 2021 se modifica la representación del ejecutante, solicitando el 22 de octubre de 2021 nueva liquidación. Funda en derecho su solicitud y acompaña jurisprudencia. Agrega que estima que la institución del abandono del procedimiento es totalmente aplicable, que ha transcurrido el plazo de 3 años de inactividad ordenado por la ley sin existir gestión útil y habiéndose alegado el abandono como primera gestión de la parte, se cumplen todos los requisitos. Por lo señalado y normas legales que cita, solicita tener por interpuesto incidente, y acogiéndolo poner término al procedimiento, con costas. En el primer otrosí de su presentación, y en subsidio de lo anterior, solicita sea declarada la prescripción por vía incidental, dado que la presunta deuda existente se encuentra prescrito de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 510 del Código del Trabajo. Siendo la mayoría de las prestaciones que la ejecutante reclama obligaciones de tracto sucesivo, lo cierto es que a la fecha se encuentran prescritas todas aquellas cuyo cumplimiento se hizo exigible antes del mes de octubre de 2019.- 2°.- Que, se confirió traslado, el que fue contestado por la ejecutante, solicitando el rechazo ambos incidentes, por cuanto, respecto del abandono del procedimiento indica que la última resolución que recayó en una gestión útil es de fecha 30 de octubre de 2018, en que se accedió a la solicitud de giro de cheques, con lo que a la fecha en que fue practicada la

Fallo

se resuelve: I.- Que, se rechaza el incidente de abandono de procedimiento.- II.- Que, se rechaza el incidente de prescripción deducida.- III.- Que, se condena en costas al ejecutado.- NENBXRHNPN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 05 de septiembre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl RIT: C-698-2016 RUC: 16-4-0053489-K Proveyó el Juez del Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Concepción, quien suscribe con firma electrónica avanzada. En Concepción a diez de enero de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario la resolución precedente. 2022-01-10T09:30:23-0300 Firma Firma 1

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Concepción, diez de enero de dos mil veintidós. Visto: 1°.- Que, comparece el ejecutado solicitando se declare abandonado el procedimiento. Hace relación de la causa desde la RIT M-1223-206, del Juzgado de Letras del Trabajo de Concepción, que da origen a la presente, indicando que con fecha 18 de julio de 2017 se acogió parcialmente la excepción de pago deducida. Indica que con fecha 14 de septi

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