JUZGADO DE LETRAS Y GARANTIA DE NACIMIENTO

MICHAEL DANILO ESCOBAR DIAZ CONTRA NELSON ISRAEL TORRES CID

Rol

Fecha

20 de marzo de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE: I.- En cuanto a la alegación de inadmisibilidad del recurso: 1°.- Esta Corte desestimará la petición planteada por la defensa en ese sentido, pues si bien el recurrente se limitó a pedir la revocación del sobreseimiento definitivo, sin describir el curso posterior del procedimiento, lo cierto es que ello fluye por el sólo ministerio de la ley, sin necesidad de solicitudes adicionales, de modo que el tribunal de alzada podía disponer lo que en derecho correspondía. II.- En cuanto al fondo: 2°.- En la especie, entre la época en que se decretó la suspensión condicional, esto es el 24 de noviembre de 2020 y la fecha de la audiencia de debate acerca del sobreseimiento definitivo, transcurrió con creces el plazo de dos años fijado como periodo de observación, sin que la víctima o el Ministerio Público hayan solicitado la revocación de la salida alternativa. 3°.- Así las cosas, se han cumplido los requisitos que establece el artículo 240 inciso 2° del Código Procesal Penal, que determinan la extinción de la responsabilidad penal y el sobreseimiento respectivo, de modo que, se ratificará el parecer jurídico del juez a quo. 4°.- No altera lo concluido la tardía alegación del apelante, relativa a no haber sido emplazada la víctima a la audiencia de suspensión condicional, por haber precluído su derecho en ese sentido. Por lo razonado, disposiciones legales citadas, se declara: I.- Que se desestima la alegación de inadmisibilidad de la apelación, planteada por la defensa. II.- Que se confirma, la resolución apelada de doce de enero de dos mil veintitrés, dictada por el Juzgado de Letras y Garantía de Nacimiento. Comuníquese y devuélvase. Rol 115-2023.- Penal.

Fallo

se declara: I.- Que se desestima la alegación de inadmisibilidad de la apelación, planteada por la defensa. II.- Que se confirma, la resolución apelada de doce de enero de dos mil veintitrés, dictada por el Juzgado de Letras y Garantía de Nacimiento. Comuníquese y devuélvase. Rol 115-2023.- Penal.

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C.A. de Concepción. Concepción, veinte de marzo de dos mil veintitrés VISTO Y TENIENDO PRESENTE: I.- En cuanto a la alegación de inadmisibilidad del recurso: 1°.- Esta Corte desestimará la petición planteada por la defensa en ese sentido, pues si bien el recurrente se limitó a pedir la revocación del sobreseimiento definitivo, sin describir el curso posterior del procedimiento, lo cierto es que e

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