WILCINOT / SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
20 de marzo de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado Pablo Javier Cancino Valenzuela en representación de Nerline Wilcinot, de nacionalidad haitiana, cédula de identidad Nº 25.982.400-1, ambos domiciliados para estos efectos en Fraternal N° 3726, comuna de Pedro Aguirre Cerda, para deducir recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, representado por Luis Eduardo Thayer Correa, ambos domiciliados en San Antonio Nº 580, comuna de Santiago, pues sostiene que se incurrió en una afectación ilegal y arbitraria de su derecho fundamental consagrado en el artículo 19 N°2 de la Constitución Política de la República, al omitir pronunciarse sobre la visa de permanencia definitiva solicitada. Explica que su representada solicitó el referido permiso el 22 de marzo de 2022 y que a la fecha no ha recibido respuesta, lo que la mantiene en una situación de preocupación e incertidumbre, vulnerándose el derecho a la igualdad ante la ley en virtud de lo dispuesto en los artículos 4, 7, 9 y 27 de Ley N°19.880 que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado, en especial el principio de celeridad que debe regir el actuar de la autoridad pública. Pide que se ordene al recurrido que se pronuncie y concluya inmediatamente la solicitud, otorgándola y proveyéndole de todos los certificados y estampados que correspondan hasta que obtenga efectivamente su cédula de identidad, con costas. Segundo: Que informan al tenor del recurso Nicolás Cornejo Montenegro y Camila Cortés Palma, abogados del Servicio Nacional de Migraciones, solicitando su rechazo y alegando la improcedencia de una eventual condena en costas. Indican que la solicitud de la recurrente se encuentra actualmente en trámite, en etapa de “análisis I”. Afirman que, estando en tramitación la solicitud, la recurrente mantiene situación migratoria regular en el territorio nacional, su cédula de identidad se encuentra vig
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema que rige la materia, se acoge el recurso de protección deducido en favor de Nerline Wilcinot, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, y se ordena al recurrido que dentro del plazo de sesenta días corridos emita un pronunciamiento definitivo sobre la solicitud planteada. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. Rol Nº 32.160-2022 Protección.
Texto Completo (Preview)
San Miguel, veinte de marzo de dos mil veintitrés. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado Pablo Javier Cancino Valenzuela en representación de Nerline Wilcinot, de nacionalidad haitiana, cédula de identidad Nº 25.982.400-1, ambos domiciliados para estos efectos en Fraternal N° 3726, comuna de Pedro Aguirre Cerda, para deducir recurso de protección en contra del Servicio Nac
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