1º JUZGADO DE LETRAS DE LA SERENA

MUNDACA CAMPOS, MATIAS RODRIGO/FERNÁNDEZ ALFARO, ANIBAL IGNACIO

Rol

2572-2022

Fecha

25 de febrero de 2022

Materia

Civil

Resultado

INADMISIBLES RECURSOS DE CASACIÓN FORMA Y FONDO

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Hechos

Visto y teniendo presente: 1°.- Que en este procedimiento ejecutivo tramitado ante el Primer Juzgado Civil de La Serena bajo el Rol C-2155-2019, caratulado “Mundaca con Fernández”, la parte demandada deduce recursos de casación en la forma y en el fondo contra la resolución de la Corte de Apelaciones de La Serena de veintinueve de diciembre de dos mil veintiuno, que confirmó las de primer grado de fechas diecisiete de marzo de dos mil veintiuno y diecinueve del mismo mes y año, que rechazaron los incidentes de nulidad procesal deducidos por el demandado. 2°.- Que el artículo 766 del Código de Procedimiento Civil dispone que se admite el recurso de casación en la forma contra sentencias definitivas y contra sentencias interlocutorias cuando ponen término al juicio o hacen imposible su continuación, y, excepcionalmente, contra las sentencias interlocutorias dictadas en segunda instancia sin previo emplazamiento de la parte agraviada, o sin señalar día para la vista de la causa. En tanto, el artículo 767 del Código de Procedimiento Civil dispone que se admite el recurso de casación en el fondo contra sentencias definitivas inapelables y contra sentencias interlocutorias inapelables cuando ponen término al juicio o hacen imposible su continuación, dictadas -en lo que interesa para el presente caso - por Cortes de Apelaciones, siempre que se hayan pronunciado con infracción de ley y esta infracción haya influido substancialmente en lo dispositivo de la sentencia. 3º.- Que la resolución impugnada por esta vía no presenta las características de aquellas aludidas en el motivo anterior, toda vez que no ha puesto fin a la instancia, ni ha concluido el juicio o hecho imposible su prosecución, como tampoco se encuentra en la situación excepcional prevista en la primera de las normas citadas, razón por la cual los recursos de nulidad intentados en autos no serán admitidos a tramitación. Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 766

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 766, 767, 781 y 782 del Código de Procedimiento Civil, se declaran inadmisibles los recursos de casación en la forma y en el fondo interpuestos por el abogado José Toro Trejos en representación de la parte demandada, en contra de resolución de veintinueve de diciembre de dos mil veintiuno dictada por la Corte de Apelaciones de La Serena. Regístrese y devuélvase, vía interconexión. N°2572-2022.

Texto Completo (Preview)

1 2 Santiago, veinticinco de febrero de dos mil veintidós. Visto y teniendo presente: 1°.- Que en este procedimiento ejecutivo tramitado ante el Primer Juzgado Civil de La Serena bajo el Rol C-2155-2019, caratulado “Mundaca con Fernández”, la parte demandada deduce recursos de casación en la forma y en el fondo contra la resolución de la Corte de Apelaciones de La Serena de veintinueve de diciemb

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