BANCO DE CHILE/GONZALEZ
Rol
Fecha
20 de marzo de 2023
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
REVOCADA
Hechos
Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, teniendo presente que, al exigir que se acompañara materialmente el contrato unificado de producto de personas suscrito por las partes, el juez a quo excedió las facultades que le confieren los artículos 441 y 442 del Código de Procedimiento Civil y conforme lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del mismo cuerpo legal, se revoca la resolución apelada de trece de febrero del año dos mil veintitrés, dictada por el Juzgado de Letras de Quintero y, en su lugar, se dispone que el tribunal de primera instancia deberá dar curso progresivo a los autos, dictando la resolución que en derecho corresponda. Notifíquese, comuníquese y devuélvase, con su custodia. N°Civil-626-2023.
Texto Completo (Preview)
Llg C.A.Valparaíso. Valparaíso, veinte de marzo de dos mil veintitrés. Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, teniendo presente que, al exigir que se acompañara materialmente el contrato unificado de producto de personas suscrito por las partes, el juez a quo excedió las facultades que le confieren los artículos 441 y 442 del Código de Procedimiento Civil y conforme lo dispuesto en los ar
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