M.P. C/ BASTIÁN DAVID JOFRÉ BARRERA
Rol
Fecha
20 de marzo de 2023
Materia
ROBO EN LUGAR HABITADO O DESTINADO A LA HABITACION. ART. 440.
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTO: En causa RIT N° 304-2022, don Raimundo Manterola Marchant, Defensor Penal Público, por el sentenciado Bastián David Jofré Barrera, interpone recurso de nulidad en contra de la sentencia definitiva pronunciada con fecha nueve de enero del presente año, por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de San Antonio, que lo condenó a la pena de cinco años y un día de presidio mayor en su grado mínimo y accesorias legales, como autor del delito consumado de robo con fuerza en las cosas en lugar habitado, perpetrado el día 1 de julio de 2022, en la comuna de El Tabo. Funda el recurso en las causales consagradas en los artículos 374 letra e) y 373 letra b) del Código Procesal Penal, las que interpone una en subsidio de la otra. Solicita por la primera, que se anule el juicio oral y la sentencia, determinando el estado en que deba quedar el procedimiento, disponiendo la remisión de los antecedentes al tribunal no inhabilitado que correspondiere, para que conozca de un nuevo juicio oral. A través de la segunda, pide que se invalide la sentencia y se dicte otra de reemplazo, que condene al acusado como autor del delito consumado de robo en lugar no habitado, a la pena de quinientos cuarenta y un días de presidio menor en su grado medio.
Fundamentos
CONSIDERANDO: 1°) Que el recurrente, luego de reproducir los hechos que el tribunal tuvo por establecidos en su considerando noveno, interpone como causal de nulidad principal la del artículo 374 letra e), en relación con los artículos 342 letra c) y 297, todos del Código Procesal Penal, la que dice dividir en tres capítulos. El primero, porque al fundamentar el tribunal la acreditación de la participación del acusado, conculca el principio de razón suficiente; cita a cierto autor, transcribe parte del fundamento duodécimo del
Fallo
fallo y expone que se considera de relevancia para arribar al veredicto condenatorio, que le encontraron cigarros al acusado, “bienes, a juicio de la judicatura, de uso poco común. La infracción acontece ya que se da por probado aquello con los meros dichos de la supuesta víctima, con ausencia de cualquier otro medio de corroboración que lo avale.” (Sic). Agrega que lo anterior pugna con la realidad y la prueba rendida en juicio, porque su representado señaló fumar esa misma marca de cigarrillos, lo que corrobora la testigo de la defensa, doña Solange Barrera Troncoso, y lo que es más relevante, es que la propia supuesta víctima reconoce que lo había visto antes pidiendo monedas, cigarros y sabía quién era, lo que permite establecer que ambos fuman la misma marca de cigarrillos. Reitera que solo existe, como medio probatorio, la declaración de la víctima, sin concurrir ninguna fuente independiente que permita probarlo, lo que conculca el principio de razón suficiente en su vertiente de principio de corroboración, ya que se extraña una fuente probatoria diversa y autónoma que refrende la afirmación de la víctima. El segundo capítulo en que sustenta la causal de nulidad, lo basa en que el tribunal, para acreditar la participación, transgrede el principio de identidad. Transcribe el fundamento decimotercero del fallo –donde se rechazan las alegaciones y prueba de la defensa-, y dice que el tribunal opta por otorgar credibilidad al relato de la supuesta víctima, al ser en parte
Texto Completo (Preview)
Jepv. C.A. de Valparaíso Valparaíso, veinte de marzo de dos mil veintitrés. VISTO: En causa RIT N° 304-2022, don Raimundo Manterola Marchant, Defensor Penal Público, por el sentenciado Bastián David Jofré Barrera, interpone recurso de nulidad en contra de la sentencia definitiva pronunciada con fecha nueve de enero del presente año, por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de San Antonio, que l
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica