NATHALIE NICOLE MONTERO FERNANADEZ C/ MAXIMO GUSTAVO ALFONSO BRAVO VELASQUEZ
Rol
Fecha
18 de marzo de 2023
Materia
AMENAZAS SIMPLES CONTRA PERSONAS Y PROPIEDADES ART. 296 N°3.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos y oídos los intervinientes: Teniendo en consideración el mérito de los antecedentes tenidos a la vista por el tribunal, lo expuesto en estrados por intervinientes, esta sala comparte criterio de primer grado porque no son suficientes los antecedentes para tener por satisfechos los requisitos de las letras a y b del artículo 140 del Código Procesal Penal para imponer una medida cautelar como la pedida. Hay inconsistencia en la data de hechos y denuncias, y también respecto del hecho más gravoso. Estas inconsistencias se incrementan por oportunidad de las denuncias, y contribuyen a lo que no ha sido debatido por el Ministerio Público, notorias presencia de causas entre las partes, en que cruzadamente se atribuyen delitos, por lo que se comparte la posibilidad de una ganancia secundaria. No obstante, todo puede mutar durante el proceso, y discutir nuevamente imposición de cautelares más gravosas que la que se ha dispuesto. De acuerdo con lo previsto en el artículo 155 del Código Procesal Penal, las medidas menos intensas requieren sin duda satisfacción de los presupuestos del artículo 140, con menor intensidad, porque esa norma propone cautelares de menor gravedad, y, atendido que esta norma, artículo 155, exige elementos para tener por acreditada existencia del ilícito y participación, que esta Corte considera que no se reúnen, pero la defensa no apeló, no queda más remedio que confirmar la resolución apelada. Por estos fundamentos, se confirma la resolución apelada de diecisiete de marzo de dos mil veintidós dictada por el Tercer Juzgado de Garantía de Santiago, por la cual se rechazo imponer la medida cautelar de prisión preventiva en contra del imputado Máximo Gustavo Alfonso Bravo Velásquez. Comuníquese por la vía más rápida. Resolución incluida en el Estado Diario de hoy.
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CORTE DE APELACIONES SANTIAGO Santiago, dieciocho de marzo de dos mil veintitrés. Sala: Cuarta Rol Corte: Penal-1296-2023 Ruc: 2300142207-3 Rit : O-650-2023 Juzgado: 3º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO Integrantes: los Ministros señora Graciela Gomez Quitral, señora Veronica Cecilia Sabaj Escudero y el Abogado Integrante señor Rodrigo Asenjo Zegers Relator: Gonzalo Jiménez Digitador : Dante rodríg
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