3º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

RODRÍGUEZ CIFUENTES FLORENCIO/ FISCO DE CHILE - CDE LTE

Rol

Fecha

17 de marzo de 2023

Materia

HACIENDA,PROCED.CUANTÍA SUPERIOR ART.. 749 C.P.C

Resultado

CONFIRMADA, CON DECLRACIÓN

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, pero en el motivo Décimo Sexto, se sustituye las palabra “treinta” por “sesenta” y ($30.000.000) por ($60.000.000). Y teniendo en su lugar y, además presente: Que respecto del daño moral sufrido por el actor y reclamado en estos autos, éste se encuentra, -en concepto de estos sentenciadores- debidamente acreditado con el informe particularizado en el segundo párrafo del motivo décimo quinto del fallo que se revisa; por lo que, la privación de libertad y tortura que ha sido el fundamento para reclamar el daño moral, no puede regularse en una suma inferior a sesenta millones de pesos $60.000.000. Por estas consideraciones y los dispuesto en el artículo 186 del Código de Procedimiento Civil, se confirma la sentencia de fecha veintiocho de octubre de dos mil veintidós, dictada por el Tercer Juzgado Civil de Santiago, en la causa Rol N° 4304-2020, con declaración que la suma ordenada a pagar por el Fisco de Chile, por concepto de daño moral, se fija en la suma de sesenta millones de pesos ($60.000.000), más los reajustes e intereses señalados en la sentencia que se revisa. Se previene que la ministra señora Marisol Rojas Moya, concurre al rechazo de la excepción de prescripción, pero no comparte los

Fundamentos

fundamentos expresados en el

Fallo

fallo que se revisa; por lo que, la privación de libertad y tortura que ha sido el fundamento para reclamar el daño moral, no puede regularse en una suma inferior a sesenta millones de pesos $60.000.000. Por estas consideraciones y los dispuesto en el artículo 186 del Código de Procedimiento Civil, se confirma la sentencia de fecha veintiocho de octubre de dos mil veintidós, dictada por el Tercer Juzgado Civil de Santiago, en la causa Rol N° 4304-2020, con declaración que la suma ordenada a pagar por el Fisco de Chile, por concepto de daño moral, se fija en la suma de sesenta millones de pesos ($60.000.000), más los reajustes e intereses señalados en la sentencia que se revisa. Se previene que la ministra señora Marisol Rojas Moya, concurre al rechazo de la excepción de prescripción, pero no comparte los fundamentos expresados en el fallo que se revisa, sino que tiene presente lo siguiente: a) Que la acción de indemnización de perjuicios deducida en autos, si bien es prescriptible como lo alega el Fisco, es aplicable el artículo 2497 del Código Civil, pero en la especie, este renunció a ella, en los términos del artículo 2494 del Código Civil; en primer lugar, de acuerdo a la Ley N° 20.874, y; en segundo lugar en forma expresa, por lo expuesto en la contestación de la demanda presentada ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso “María Laura Ordenes Guerra y otros con Fisco de Chile. b) Que, es por todo lo anterior que, el Fisco de Chile, con su actuar, ha r

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, diecisiete de marzo de dos mil veintitrés. Al folio N° 16 y 17: a todo, téngase presente. Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, pero en el motivo Décimo Sexto, se sustituye las palabra “treinta” por “sesenta” y ($30.000.000) por ($60.000.000). Y teniendo en su lugar y, además presente: Que respecto del daño moral sufrido por el actor y reclamado en estos autos, é

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