SIN INFORMACION

PHILLIPS/ISAPRE VIDA TRES S.A.

Rol

Fecha

16 de marzo de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, con fecha 29 de marzo de 2021, comparece la abogada María Verónica Ortúzar Phillips, en representación de don Ramón Francisco Ortúzar Aldunate y de doña María Verónica Phillips Daly, interponiendo acción constitucional de protección en contra de Isapre Vida Tres S.A., por el acto arbitrario e ilegal consistente en la aplicación de un factor de riesgo discriminatorio y arbitrario, obtenido de acuerdo a normas inconstitucionales e inexistentes en el escenario jurídico actual. Señala que el recurrente Sr. Ortúzar está afiliado a la Isapre recurrida, desde julio del año 2020, habiendo contratado el plan “PRLU204B4”, y manteniendo como beneficiaria a su cónyuge, la recurrente Sra. Phillips. Refiere que al contratar el plan de salud, se le exigió pagar un precio base, el valor GES y un factor denominado “grupo familiar”, que no es otra cosa que un factor de riesgo asociado a la edad y sexo del cotizante y sus beneficiarios. En un segundo aspecto, refiere, la Isapre le aplica un oneroso factor de riesgo, en circunstancias que el precio base de su plan de salud debe aplicarse una sola vez por cada beneficiario, sin multiplicarse por factor alguno, en cumplimiento de lo ordenado por el Tribunal Constitucional y lo resuelto en forma reiterada por los Tribunales Superiores de Justicia. Esgrime que el actuar denunciado es ilegal y carece de fundamento y, es arbitrario, ya que se basa en una discriminación de ese tipo, careciendo de toda justificación que dos personas paguen un precio diametralmente distinto por el mismo plan de salud y coberturas. Indica que advirtiendo tales discriminaciones arbitrarias e improcedentes, en virtud de la edad y género, el afiliado Sr. Ortúzar solicitó a la Isapre recurrida la eliminación de los factores de riesgo que se aplican a su plan de salud, no obstante lo cual, mediante una respuesta evasiva, la Isapre rechazó la solicitud con fecha 25 de marzo de 2021. Da cuenta que el Tribunal Constitucional, co

Fallo

por lo expuesto, esta Corte no está actualmente en condiciones de adoptar las providencias que se han solicitado como necesarias para restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida protección del afectado y, por consiguiente, al no concurrir en la especie el presupuesto de procedencia de la acción de protección, esto es, adoptar medias de protección o de cautela adecuadas, ella no podrá prosperar, careciendo, en consecuencia, de oportunidad la acción constitucional planteada. Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 19 N° 2, 9 y 24 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se rechaza, sin costas, el recurso de protección interpuesto en favor de Ramón Francisco Ortúzar Aldunate y María Verónica Phillips Daly, en contra de la Isapre Vida Tres S.A. Regístrese, comuníquese y archívese. N° Protección-3729-2021.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, dieciséis de marzo de dos mil veintitrés. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, con fecha 29 de marzo de 2021, comparece la abogada María Verónica Ortúzar Phillips, en representación de don Ramón Francisco Ortúzar Aldunate y de doña María Verónica Phillips Daly, interponiendo acción constitucional de protección en contra de Isapre Vida Tres S.A., por el acto arbitrar

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