SIN INFORMACION

GODOY ARAMAYO OSCAR ANDRÉS CONTRA SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD SOCIAL

Rol

Fecha

16 de marzo de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTO: Comparece don Óscar Andrés Godoy Aramayo deduciendo recurso de protección en contra de la Superintendencia de Seguridad Social, por su actuación ilegal y arbitraria consistente en rechazar el pago del subsidio laboral otorgado en contraprestación de las licencias médicas N° 12006145-3 y 12351791-1, ratificado mediante Resolución Exenta N° R-01-UME-01956-2023 de 09 de enero de 2023 de dicha Superintendencia, afectándose, en su concepto, las garantías de los numerales 1, 2, 3, 9, 18 y 24 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Refiere que ambas licencias fueron rechazadas por el mismo fundamento, esto es, reposo no justificado, basado en que los antecedentes aportados no permiten establecer la existencia de incapacidad laboral temporal más allá del período de reposo ya autorizado. Complementa que se trata de un acto ilegal y arbitrario desde que es un acto administrativo infundado, pues no expone los

Fundamentos

motivos que llevaron a la autoridad a decidir. Detalla, brevemente, la manera en que cada garantía se ve vulnerada con la actuación de la recurrida, destacando que el derecho de propiedad se afecta al negarse injustificadamente el pago de las licencias médicas y la igualdad ante la ley por su actuación arbitraria, sin ningún sustento fáctico ni clínico que pudiera explicar un reposo injustificado. Finalmente, solicita se acoja la acción constitucional interpuesta, restableciendo el imperio del derecho, dejar sin efecto la Resolución Exenta N° R-01-UME-01956-2023 de 09 de enero de 2023 de la Superintendencia de Seguridad Social y que se ordene pagar de forma íntegra las licencias médicas N° 12006145-3 y 12351791-1, que fueran rechazadas por aquella resolución. Evacúa informe el abogado don Tomás Garro Gómez en representación de la Superintendencia de Seguridad Social; alega, en primer lugar, la extemporaneidad en el ejercicio de la acción de protección por cuanto fue interpuesta una vez vencido el plazo fatal de 30 días corridos que se contempla para su ejercicio. En este sentido, la recurrente tenía conocimiento de la confirmación de sus licencias médicas por parte de la Compin de la Región de Tarapacá, a más tardar el 18 de octubre de 2022, pues en esa fecha interpuso el recurso administrativo jerárquico ante la Superintendencia, deduciendo esta acción constitucional el 08 de febrero de 2023, transcurriendo un plazo superior a los 30 días corridos que exige la Constitución y el Auto Acordado que regula la tramitación y

Fallo

fallo del recurso de protección de las garantías constitucionales. En cuanto al fondo, en subsidio de la solicitud de extemporaneidad, informa que la acción de protección se dedujo solo contra la Superintendencia, en circunstancias que las licencias médicas fueron rechazadas, en conformidad a la ley, por el Compin de la Región de Tarapacá. En relación a las licencias médicas objeto del recurso de protección señala que con fecha 18 de octubre de 2022, el Sr. Godoy Aramayo recurrió ante la Superintendencia de Seguridad Social reclamando en cuanto la Compin Región de Tarapacá confirmó en segunda instancia lo dispuesto por la Isapre Consalud S.A., que rechazó las licencias médicas N° 12006145-3 y N° 12351791-1, extendidas por un total de 60 días de reposo a contar del 14 de septiembre de 2022, fundado en que el reposo no estaría medicamente justificado. Afirma que para resolver la presentación, se recabaron los antecedentes médicos de la Isapre y el peritaje efectuado por la psiquiatra Catalina García Buster, de fecha 26 de agosto de 2022, quien concluyó que pese al cuadro ansioso, impresiona que el reposo evaluado no cumple un rol terapéutico y se sugiere reintegro previo al inicio de la licencia evaluada. En virtud de esos antecedentes médicos la Superintendencia del ramo dictó la Resolución Exenta N° R-01-UME-01956-2023, de 9 de enero del año 2023, que confirmó, fundadamente, el rechazo de las licencias médicas. El caso fue revisado por la psiquiatra de la Superintendencia

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Iquique, dieciséis de marzo de dos mil veintitrés. VISTO: Comparece don Óscar Andrés Godoy Aramayo deduciendo recurso de protección en contra de la Superintendencia de Seguridad Social, por su actuación ilegal y arbitraria consistente en rechazar el pago del subsidio laboral otorgado en contraprestación de las licencias médicas N° 12006145-3 y 12351791-1, ratificado mediante Resolución Exenta N°

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