OSIAS / SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
16 de marzo de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Vistos: A folio 1, comparecen don Jorge Lena Salgado y don Pablo González Rojas, ambos abogados, quienes deducen acción de Protección en favor de: don Julnaire Osias, doña Dieula Jean y doña Guerline Vilsaint, todos de nacionalidad haitiana, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, dependiente del Ministerio del Interior y Seguridad Pública de Chile, por la omisión ilegal y arbitraria en el pronunciamiento sobre las solicitudes de permanencia definitiva: 1.- solicitud de permanencia definitiva N° 15994004 de fecha 15 de diciembre del año 2020, correspondiente a don Julnaire Osias; 2.- solicitud de permanencia definitiva N° 17331261 de fecha 13 de enero del año 2021, correspondiente a doña Dieula Jean y 3.- solicitud de permanencia definitiva N° 16497769 de fecha 14 de enero del año 2021, correspondiente a doña Guerline Vilsaint. Lo anterior, por impedir dicha omisión el principio de igualdad ante la ley, conforme lo preceptuado en el artículo 19 N° 2 de la Constitución Política de la República, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 27 de la ley N° 19.980. Señala que los recurrentes son ciudadanos haitianos, quienes ingresaron al país y decidieron cambiar su condición migratoria, iniciando los procesos de solicitud de Permanencias definitiva ya referidos, toda vez que cumplen a cabalidad los requisitos para hacerlo, realizando las respectivas solicitudes al Servicio Nacional de Migraciones dependiente del Ministerio del Interior y Seguridad Pública con el objeto de obtener su visa. Indica que han transcurrido más de 2 años desde la solicitud de don Julnaire y más de 1 año y 11 meses desde las solicitudes de doña Dieula Jena y doña Guerline Vilsaint, sin que a la fecha hayan recibido alguna respuesta por parte de la recurrida. Expresa que el incumplimiento de la Administración del Estado ha provocado que los recurrentes no puedan encontrarse con una visa vigente en Chile, lo que los deja en una situación injusta y arbitraria frente a los demás ciud
Fundamentos
CONSIDERANDO: Que, del mérito de los antecedentes, se advierte que el procedimiento para la obtención de la permanencia definitiva solicitada por los ciudadanos extranjeros se encuentran en trámite, existiendo una dilación excesiva en su tramitación si se atiende a sus fechas de inicio y,
Fallo
por tanto, implica una omisión ilegal y arbitraria que contraviene los principios de celeridad y conclusivo establecidos en los artículos 7 y 27 de la Ley N° 19.880, conculcando la garantía consagrada en el artículo 19 N° 2 de la Constitución Política de la República, razón por la cual se acogerá esta acción en los términos que se indicarán. Por estas consideraciones y lo establecido en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección, se acoge, sin costas, el recurso de protección deducido a favor de don Julnaire Osias, doña Dieula Jean y doña Guerline Vilsaint, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, sólo en cuanto la recurrida deberá, dentro del plazo de sesenta días hábiles, concluir la tramitación y emitir pronunciamiento como en derecho corresponda, sobre las solicitudes presentadas por los recurrentes. Regístrese, notifíquese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Protección-515-2023. En Valparaíso, dieciséis de marzo de dos mil veintitrés, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
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Foja: 0 Cero C.A. de Valparaíso Valparaíso, dieciséis de marzo de dos mil veintitrés. Vistos: A folio 1, comparecen don Jorge Lena Salgado y don Pablo González Rojas, ambos abogados, quienes deducen acción de Protección en favor de: don Julnaire Osias, doña Dieula Jean y doña Guerline Vilsaint, todos de nacionalidad haitiana, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, dependiente del Ministe
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