2º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

SERCOVEN LTDA. CON INTERGRADE S.A. (O)

Rol

104557-2020

Fecha

18 de febrero de 2022

Materia

Civil

Resultado

ACOGIDA CASACIÓN FONDO, ANULADA SENTENCIA DE (M)

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Hechos

VISTO: En estos autos Rol N° 20374-2018 sobre juicio ordinario de cobro de pesos seguidos ante el Segundo Juzgado Civil de Santiago, caratulados “Sercoven Ltda. con Intergrade S.A., por sentencia de dos de junio de dos mil veinte, se acogió el incidente de abandono de procedimiento. Apelada dicha resolución por la parte demandante, una Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, por determinación de seis de agosto de dos mil veinte, la confirmó. En contra de esta última decisión, la misma parte deduce recurso de casación en el fondo. Se trajeron los autos en relación.

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que la recurrente denuncia la infracción de los artículos 19 a 24 del Código Civil y 69, 152 y 432 del Código de Procedimiento Civil , al haber acogido el incidente de abandono del procedimiento, en circunstancias, que no se cumplen los requisitos para tales efectos. Señala que el primer error de derecho se verifica al no considerar los sentenciadores que conforme a lo dispuesto por el artículo 69 del Código de Enjuiciamiento Civil, las resoluciones que se autoricen con citación, conceden a las partes tres días para oponerse o deducir observaciones, de modo que el término para impetrar el abandono del procedimiento en debe comenzar a correr después de vencido el plazo, que en el caso estaba pendiente, al haber tenido el tribunal por recibida la causa que había ordenado traer a la vista, de esta forma procesal. Sostiene que el segundo yerro radica en que atendido el estado procesal de la causa, el impulso procesal recaía sobre el tribunal, pues este debía citar a las partes a oír sentencia, de manera que no puede aplicársele esta sanción procesal a su parte. SEGUNDO: Que para una adecuada resolución del asunto, resulta útil tener presente los siguientes antecedentes del proceso: 1.- Sercoven Ltda. dedujo demanda de cobro de pesos, en procedimiento ordinario, en contra de Intergrade. 2.- Se evacuaron los trámites de la etapa de discusión y se efectuó el llamado a conciliación. 3.- Por resolución de cinco de febrero de 2019 se recibió la causa a prueba y se fijaron los hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos, la que notificada a las partes fue objeto de reposición, recurso que fue resuelto por resolución de 17 de mayo de 2019. 4.- Por resolución de 21 de junio de 2019 el tribunal dispuso la práctica de la diligencia de absolución de posiciones solicitada por la demandante y accedió a su petición de traer a la vista la causa del Primer Juzgado del Trabajo de esta ciudad. 5.- El 14 de agosto de 2019 tuvo lugar audiencia de exhibición de documentos. 6.- El 10 de septiembre de 2019 el tribunal tuvo por recibido el expediente del referido tribunal, con citación. 7.- El 12 de marzo de 2020 la demandada dedujo incidente de abandono del procedimiento por haber transcurrido más de seis meses desde la última resolución recaída en gestión útil, esto es, la de 14 de agosto de 2019. 8.- La demandante al evacuar el traslado conferido solicitó el rechazo de la incidencia. TERCERO: Que el

Fallo

fallo de primera instancia, confirmado por el de segunda, señala en forma previa y para los efectos de determinar la procedencia del incidente de abandono del procedimiento deducido, que correspondiendo estos autos a un juicio ordinario de cobro de pesos, la actora solicitó el 11de junio de 2019, dentro del término probatorio, que se citara al representante legal de la demandada a absolver posiciones, diligencia a la que el tribunal accedió por resolución de 21 de junio de 2019, ordenándose su notificación por cédula a la parte requerida. Posteriormente, el 10 de septiembre de 2019, se pronunció sobre una solicitud de tener por reconocidos tácitamente documentos acompañados al juicio, y tuvo además por acompañado, con citación, el oficio remitido por el 1° Juzgado de Letras del Trabajo, consistente en el expediente e-book de la causa RIT O-2388-2015, caratulada “Morales con Integrade S.A.”, siendo esta la última resolución dictada en autos recaída sobre alguna gestión útil tendiente a dar curso progresivo a los autos. Añade que del examen de los antecedentes que constan en el proceso se advierte que la carga procesal impuesta a la demandante no se encuentra satisfecha, habida cuenta que esta no cumplió con la notificación de la resolución de 21 de junio de 2019, bajo la modalidad señalada, sino hasta el día 17 de abril de 2020, esto es, en tiempo posterior a aquel en que la demandada instó por el abandono del procedimiento. Se considera que para el cómputo del plazo de seis

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Santiago, dieciocho de febrero de dos mil veintidós. VISTO: En estos autos Rol N° 20374-2018 sobre juicio ordinario de cobro de pesos seguidos ante el Segundo Juzgado Civil de Santiago, caratulados “Sercoven Ltda. con Intergrade S.A., por sentencia de dos de junio de dos mil veinte, se acogió el incidente de abandono de procedimiento. Apelada dicha resolución por la parte demandante, una Sala de

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