SIN INFORMACION

EXAMA / SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

16 de marzo de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

VISTOS: A folio 1 se interpone acción de Protección en favor de Wilner Exama, ciudadano haitiano, y en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la omisión ilegal y arbitraria en el pronunciamiento sobre la solicitud de residencia definitiva presentada el día 30 de diciembre de 2020, por afectar el principio de igualdad ante la ley, conforme lo preceptuado en el artículo 19 número 2° de la Constitución Política de la República. Estima que esta omisión en el pronunciamiento infringe el principio de celeridad de los órganos de la administración del estado previsto en los artículos 7° y 27 de la Ley N°19.880, y con ello la garantía fundamental consagrada en los numerales 1° y 2° del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Que a folio 17, se resolvió prescindir del informe requerido, ordenándose traer los autos en relación. No obstante, mediante presentación de fecha 15 de marzo, la recurrida informa que la solicitud del actor se encuentra actualmente en estado de resolución desde el 30 de enero del presente año. CON LO RELACIONADO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: Primero: Que, el asunto por el cual se solicita la adopción de medidas que restablezcan el imperio del derecho dice relación con la eventual omisión arbitraria o ilegal por parte de la recurrida, en el pronunciamiento sobre la solicitud de residencia definitiva. Segundo: Que, teniendo presente el estado de tramitación informado por el recurrente, y que consta de los documentos acompañados al recurso, y lo expuesto por la recurrida en la presentación aludida precedentemente, se advierte que el requerimiento tendiente a la obtención de su residencia definitiva si bien se encuentra en la etapa de “Resolución”, ha sufrido una dilación excesiva en su tramitación, lo cual permite concluir que la autoridad administrativa ha infringido los artículos 7 y 27 de la Ley N°19.880 y, como consecuencia de aquello, lo dispuesto en la garantía constitucional del artículo 19 N°2 de la Constitución Política de la República, al realizarse por un Órgano de la Administración del Estado, una discriminación arbitraria e ilegal en la tramitación de la solicitud de la parte recurrente, en relación con el trato dispensado a otros interesados que en igual situación han podido tramitar sus solicitudes y obtener una decisión terminal, motivo por el cual se acogerá el presente arbitrio, cómo se dirá en lo resolutivo.

Fallo

Por estas consideraciones y lo establecido en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección, se acoge, sin costas, el recurso de protección deducido en favor de Wilner Exama, ciudadano haitiano, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, ordenándose a la autoridad migratoria recurrida que dentro del plazo de sesenta días hábiles, emita pronunciamiento, como en derecho corresponda, sobre la solicitud de residencia definitiva presentada. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Protección-879-2023. En Valparaíso, dieciséis de marzo de dos mil veintitrés, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

I.C.A. de Valparaíso Valparaíso, dieciséis de marzo de dos mil veintitrés. VISTOS: A folio 1 se interpone acción de Protección en favor de Wilner Exama, ciudadano haitiano, y en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la omisión ilegal y arbitraria en el pronunciamiento sobre la solicitud de residencia definitiva presentada el día 30 de diciembre de 2020, por afectar el principio de igua

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