CORREA / SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
16 de marzo de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
VISTOS: Que, a folio 1 se interpone acción de Protección en favor de Meiller Ernesto González Lugo, de nacionalidad venezolana, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la omisión ilegal y arbitraria en el pronunciamiento sobre la solicitud de residencia definitiva, realizada con fecha 8 de julio de 2022, por afectar el principio de igualdad ante la ley, conforme lo preceptuado en el artículo 19 número 2° de la Constitución Política de la República. Refiere que decidió solicitar su residencia definitiva, sin que a la fecha se haya dado respuesta al requerimiento. Destaca que conforme a la Ley N°19.880 el procedimiento se impulsará de oficio en todos sus trámites, debiendo actuar por propia iniciativa en la iniciación del procedimiento de que se trate y en su prosecución, haciendo expeditos los trámites que debe cumplir el expediente y removiendo todo obstáculo que pudiere afectar a su pronta y debida decisión, evitando trámites dilatorios. Solicita en definitiva que el órgano recurrido se pronuncie sobre la solicitud, adoptando las providencias que sean necesarias para establecer el imperio del derecho. Que, a folio 10, informa el Servicio Nacional de Migraciones, sin perjuicio de lo anterior, de la revisión de éste se advierte que no corresponde al recurrente, sino que a una tercera persona que no guarda relación con este arbitrio. Que, a folio 11, se ordenó traer los autos en relación. CON LO RELACIONADO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: Primero: Que, el asunto por el cual se solicita la adopción de medidas que restablezcan el imperio del derecho dice relación con la eventual omisión arbitraria o ilegal por parte de la recurrida, en el pronunciamiento sobre la solicitud de residencia definitiva. Segundo: Que, teniendo presente el estado de tramitación informado por el recurrente, y que consta de los documentos acompañados al recurso, se advierte que el requerimiento tendiente a la obtención de su residencia definitiva, ha sufrido una dilación excesiva en su tramitación, que excede los seis meses, lo cual permite concluir que la autoridad administrativa ha infringido los artículos 7 y 27 de la Ley N°19.880 y, como consecuencia de aquello, lo dispuesto en la garantía constitucional del artículo 19 N°2 de la Constitución Política de la República, al realizarse por un Órgano de la Administración del Estado, una discriminación arbitraria e ilegal en la tramitación de la solicitud de la parte recurrente, en relación con el trato dispensado a otros interesados que en igual situación han podido tramitar sus solicitudes y obtener una decisión terminal, motivo por el cual se acogerá el presente arbitrio, cómo se dirá en lo resolutivo.
Fallo
Por estas consideraciones y lo establecido en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección, se acoge, sin costas, el recurso de protección deducido en favor de Meiller Ernesto González Lugo, ciudadano venezolano, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, ordenándose a la autoridad migratoria recurrida que dentro del plazo de sesenta días hábiles, emita pronunciamiento, como en derecho corresponda, sobre la solicitud de residencia definitiva presentada. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad N°Protección-534-2023.
Texto Completo (Preview)
I.C.A. de Valparaíso. Valparaíso, dieciséis de marzo de dos mil veintitrés. VISTOS: Que, a folio 1 se interpone acción de Protección en favor de Meiller Ernesto González Lugo, de nacionalidad venezolana, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la omisión ilegal y arbitraria en el pronunciamiento sobre la solicitud de residencia definitiva, realizada con fecha 8 de julio de 2022, por a
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