SANFURGO ELGUEDA ESTEBAN AMADOR / MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
Rol
Fecha
16 de marzo de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y
Fundamentos
considerando: Primero: Que comparece Esteban Sanfurgo Elgueda, e interpone recurso de protección en contra de la Resolución Nº836 de 3 de marzo de 2022 dictada por el jefe superior del Ministerio de Defensa Nacional que rechazó el recurso de reposición a su vez contra la Resolución Exenta Ministerial Nº 172 del 14 de enero del año 2022, que estableció la destitución del recurrente, señalando que tal medida es ilegal y arbitraria por infringir la garantía constitucional establecida en el artículo 19 N° 24 de la Carta Fundamental, consistente en el derecho de propiedad al empleo, además de los principios de jerarquía, responsabilidad y control de la Administración del Estado. Como fundamentos de hecho de su presentación señala que en la resolución recurrida se le realizó un reproche consistente en la autorización y pago directo de remuneración retroactiva que el recurrente habría realizado al Sr. Escalona Bahamonde, circunstancia que niega. Agrega que en la Resolución Exenta Nº2060 del año 2017 que “Aprueba perfiles y descripciones de cargos correspondientes al departamento de gestión de recursos humanos de la Subsecretaría de para las Fuerzas Armadas”, no se establece que la función que desempañaba, cual era encargado de remuneraciones, sea de la autorizar y efectuar pagos. Adicionalmente sostiene que en oficio SS.FF.AA. D.P.F Nº123 de 7 de septiembre de 2021 se indica la nómina de funcionarios que son giradores de la cuenta corriente de la subsecretaría en la cual el recurrente no aparece. Argumenta que la Resolución Exenta Nº 7014 de 2018 que fue la que autorizó al señor Escalona Bahamondes a percibir un sueldo superior retroactivo no fue confeccionada por el recurrente pese a que en la parte inicial de la resolución consten sus iniciales y firma. Señala que en la revisión del sistema de la Subsecretaría la resolución en cuestión aparece confeccionada por un señor de nombre Luis Cortés. Agrega que su rol fue únicamente visar que la resolución tuviera un certificado presupuestario, cuestión que no puede ser interpretada en relación a que el actor haya confeccionado la resolución. Cuestiona la resolución impugnada en sus considerandos 9) y 10) dado que esta señala que el recurrente debía dar aviso a la Armada de Chile lo que hubiese generado que dicho pago en exceso no se produjera. Tal situación no sería efectiva pues tal función recae en el Jefe del Departamento de Gestión de Recursos Humanos y no en el Encargado de la Sección de Remuneraciones. Sostiene que la resolución impugnada en su considerando 11) señala que el recurrente no habría requerido la devolución de lo pagado en exceso en circunstancias que al momento de detectar el pago dio aviso inmediato a su superior jerárquico dentro del Departamento de Gestión de Recursos Humanos. Cuestiona además que la resolución impugnada no haya considerado su alegación en cuanto a que no se tomó declaración a todas las personas vinculadas en los hechos investigados. Fundamenta que la resolución im
Fallo
Fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se rechaza el recurso de protección deducido por Estaben Sanfurgo Elgueta, sin costas. Regístrese y comuníquese. Redactó la Ministra señora González Troncoso. No firma el Abogado Integrante señor González Castillo, no obstante haber concurrido a la vista y al acuerdo del fallo, por no encontrarse integrando. N°Protección-6092-2022.
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C.A. de Santiago Santiago, dieciséis de marzo de dos mil veintitrés. Vistos y considerando: Primero: Que comparece Esteban Sanfurgo Elgueda, e interpone recurso de protección en contra de la Resolución Nº836 de 3 de marzo de 2022 dictada por el jefe superior del Ministerio de Defensa Nacional que rechazó el recurso de reposición a su vez contra la Resolución Exenta Ministerial Nº 172 del 14 de en
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