SIN INFORMACION

PACHECO/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

15 de marzo de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Vistos: A folio 1 comparece Constanza Cofré Berger, abogada, en representación de MARIANGELA PACHECO RUIZ, de nacionalidad venezolana, quien recurre de protección en contra del SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES, por el acto que estima arbitrario e ilegal consistente en la demora en resolver su solicitud de nacionalidad de fecha 12 de enero de 2018, vulnerando su derecho consagrado en el artículo 19 número 2° de la Carta Fundamental, esto es, la igualdad ante la ley. Fundando el recurso señala que la recurrente vive en el país desde hace 14 años, y que, en la fecha señalada envió su solicitud, cumpliendo los requisitos y plazos, por Correos de Chile, acompañando todos los documentos requeridos al efecto, como lo son, fotocopia de pasaporte, certificado de antecedentes penales del país de origen, contrato de trabajo notariado, entre otros; siendo citada para entrevista por el funcionario de Policía de Investigaciones de Chile, el día 29 de agosto de 2018, enviando el formulario solicitado; luego de lo cual, no volvió a tener noticias respecto de su solicitud. Refiere que el 10 de mayo de 2022, habiendo transcurrido más de cuatro años desde dicha entrevista, la actora ingresó un reclamo N°OR099N0095370 por la Oficina de Información, Reclamos y Sugerencias del Ministerio del Interior, el que no ha sido respondido. Precisa que la recurrente no ha recibido ningún tipo de notificación a su correo electrónico ni domicilio, direcciones que no han sido modificadas desde la fecha de la solicitud. Acusa que la dilación innecesaria respecto de la solicitud de nacionalidad sin pronunciamiento por parte de la autoridad administrativa en el plazo señalado en el artículo 27 de la Ley N°19.880, esto es, por más de 6 meses desde la recepción de la documentación requerida y habiéndose realizado la entrevista, constituye una grave infracción a los principios que regulan la actividad de la Administración del Estado, contenidos en la señalada Ley N°19.880, como lo son: a) Principio de

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo prevenido en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado sobre la materia, SE ACOGE, sin costas, el recurso de protección interpuesto por Mariangela Pacheco Ruiz y se ordena el desarchivo de los antecedentes para el efecto que se continúe la tramitación de la solicitud resolviéndola dentro del más breve plazo, como en derecho corresponda. Regístrese y archívese, sino no fuere apelado. Redacción de ministra (S) señora Zúñiga A. Rol N° 92961-2022.- No obstante, haber concurrido a la vista de la causa y al acuerdo, no firma el abogado integrante señor Benítez, por ausencia.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, quince de marzo de dos mil veintitrés. Vistos: A folio 1 comparece Constanza Cofré Berger, abogada, en representación de MARIANGELA PACHECO RUIZ, de nacionalidad venezolana, quien recurre de protección en contra del SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES, por el acto que estima arbitrario e ilegal consistente en la demora en resolver su solicitud de nacionalidad de fecha 12 d

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