JUZGADO DE GARANTIA DE LA SERENA

C/ MIGUEL ANGEL GUZMAN FIGUEROA. DTE. M.P.

Rol

Fecha

15 de marzo de 2023

Materia

HOMICIDIO. ART.391 Nº 2.

Resultado

CONFIRMADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: Atendido el mérito de los antecedentes y lo expuesto por los intervinientes en audiencia, compartiendo estos sentenciadores los argumentos del tribunal a quo en la resolución que por esta vía se revisa, no siendo suficientes por ahora las alegaciones de la defensa para estimar que concurra una figura penal de tipo culposa y, por consiguiente, que lleve a modificar los presupuestos materiales del delito y la necesidad de cautela establecida anteriormente, y visto además lo dispuesto en los artículos 122, 140,144, 149, 358 y 370 del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución de fecha siete de marzo de dos mil veintitrés, dictada por el Juzgado de Garantía de La Serena, que mantuvo la medida cautelar de prisión preventiva del imputado Miguel Guzmán Figueroa, por considerar que su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad. Acordada con el voto en contra del Ministro Sr. Troncoso, quien estuvo sustituir la medida cautelar de prisión preventiva por alguna otra de las cautelares del artículo 155 del Código Procesal Penal, por considerar que de los antecedentes expuestos por los intervinientes en estrados, si bien resulta justificada la existencia de una agresión a personal policial, no aparecen elementos que permitan tener por concurrente un dolo de tipo homicida, tornando en consecuencia desproporcionada la medida de prisión preventiva. Con lo actuado, se levanta acta de lo obrado, la que es suscrita por el Tribunal, actuando como ministro de fe el relator (I) señor Iván Vial Aguilar. Devuélvase vía interconexión. Rol N° 176-2023 Penal.-

Texto Completo (Preview)

La Serena, quince de marzo de dos mil veintitrés. Siendo las 10:54 horas, ante la Segunda Sala de esta Corte de Apelaciones presidida por el Ministro titular señor Sergio Troncoso Espinoza, e integrada por el Ministro Titular señor Iván Corona Albornoz y el abogado integrante señor Gabriel Gallardo Verdugo, se lleva a efecto audiencia para la vista del recurso de apelación interpuesto por la defe

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