JUZGADO DE GARANTIA DE CHILLAN

MINISTERIO PUBLICO C/ DANIEL CRISTOPHER HENRIQUEZ CONTRERAS

Rol

Fecha

15 de marzo de 2023

Materia

CONDUCCION ESTADO DE EBRIEDAD ART. 196 E LEY 18.290

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

VISTO: 1°.- Que, la Defensa del condenado apela de la resolución que revoca la pena sustitutiva de reclusión parcial domiciliaria nocturna, argumentando que, si bien han existido diversas audiencias con el objeto de revisar la pena sustitutiva, sin que en aquellas anteriores al 3 de marzo de 2023 se haya revocado la misma, agregando que, respecto del incumplimiento informado en el mes de febrero de 2022, y no habiéndose dado inicio al cumplimiento de la condena, este se encontraba cumpliendo pena efectiva en otra causa, no procediendo la revocación o intensificación de la decretada, refiriéndose, además, al espíritu resocializador de la Ley 18.216. 2°.- Que, el Ministerio Público solicita confirmar la resolución apelada, desde que el imputado ha incumplido en forma permanente y reiterada el cumplimiento de la pena sustitutiva, desde la fecha de dictación de la sentencia. Indica que más de un año y medio después de la condena, y habiendo sido citado a innumerables audiencias, sin su comparecencia, hoy se encuentra detenido. Cita el artículo 25 de la ley 18.216, señalando que la resolución apelada se ajusta a derecho, por una actitud contumaz del condenado. 3°.- Que, conforme a los antecedentes hechos valer en estrado, encontrándose acreditado que Henríquez Contreras, en forma reiterada, ha incumplido la pena sustitutiva decretada, se estima que el tribunal ha procedido a su revocación de un modo ajustado a derecho. Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 140, 358 y 360 del Código Procesal Penal, y artículos 25 N° 1 y 37 de la Ley 18.216, se confirma la resolución de tres de marzo del año en curso, que revoca la pena sustitutiva que existía en favor de Daniel Cristopher Henríquez Contreras, y ordena su ingreso al recinto penal correspondiente. Téngase por notificados a los intervinientes. Devuélvase N°Penal-115-2023.

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 140, 358 y 360 del Código Procesal Penal, y artículos 25 N° 1 y 37 de la Ley 18.216, se confirma la resolución de tres de marzo del año en curso, que revoca la pena sustitutiva que existía en favor de Daniel Cristopher Henríquez Contreras, y ordena su ingreso al recinto penal correspondiente. Téngase por notificados a los intervinientes. Devuélvase N°Penal-115-2023.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Chillan Chillán, quince de marzo de dos mil veintitrés. VISTO: 1°.- Que, la Defensa del condenado apela de la resolución que revoca la pena sustitutiva de reclusión parcial domiciliaria nocturna, argumentando que, si bien han existido diversas audiencias con el objeto de revisar la pena sustitutiva, sin que en aquellas anteriores al 3 de marzo de 2023 se haya revocado la misma, agregando q

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