TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL COLINA

MP C / LUIS CASTILLO POBLETE

Rol

4206-2022

Fecha

16 de febrero de 2022

Materia

Reforma

Resultado

DECLARA COMPETENTE PARA CONOCER NULIDAD A LA CORTE

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Hechos

Vistos: 1° Que la defensa de Luis Castillo Poblete, recurre de nulidad contra la sentencia dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Colina, por la cual fue condenado como autor del delito de tráfico ilícito de estupefacientes. 2° Que por el recurso, se ha invocado como causal principal la del artículo 373 A) del Código Procesal Penal, por infracción al derecho a ser juzgado por un tribunal imparcial y al debido proceso, lo que se produce a su juicio en este caso al asumir el rol de subsidiar la producción de prueba al Ministerio Público, así como al denunciar que se acreditaron hechos distintos de la acusación aunque entiende que son propios de una causal específica, así como por dar por acreditadas circunstancias agravantes sin que concurran los requisitos para ello, escapando de la situación de pasividad que debe mantener el sentenciador lo que entiende fue determinante para la decisión del juicio, sin señalar a que prueba o documento se refiere. 3° Que el Ministerio Público, solicitó la remisión de los antecedentes a la Corte de Apelaciones respectiva por corresponder lo alegado en el líbelo al motivo de invalidación de la letra e) del artículo 374 del Código Procesal Penal. 4° Que según se desprende de la atenta lectura del libelo, lo que se reprocha por la letra a) del artículo 373, podría constituir un reclamo propio de la causal del artículo 374 letra e) del Código Procesal Penal, toda vez, que en definitiva el sustento de su motivo de invalidación principal, es un reclamo a la valoración de los antecedentes para dar por acreditado los delitos, la participación culpable del sentenciado, así como las circunstancias modificatorias de responsabilidad penal y en definitiva, se cuestiona la fundamentación del fallo al respecto; razón por la cual, se procederá en la forma que autoriza el artículo 383 de ese cuerpo legal. Por estas consideraciones y disposiciones legales citadas, remítanse estos antecedentes a la Corte de Apelaciones de Santiago, par

Fallo

fallo al respecto; razón por la cual, se procederá en la forma que autoriza el artículo 383 de ese cuerpo legal. Por estas consideraciones y disposiciones legales citadas, remítanse estos antecedentes a la Corte de Apelaciones de Santiago, para que previa revisión en cuenta de la admisibilidad del recurso de nulidad, si es del caso, fije audiencia para su conocimiento y fallo. Regístrese y remítase. Rol N° 4206-22.

Texto Completo (Preview)

Santiago, dieciséis de febrero de dos mil veintidós. Vistos: 1° Que la defensa de Luis Castillo Poblete, recurre de nulidad contra la sentencia dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Colina, por la cual fue condenado como autor del delito de tráfico ilícito de estupefacientes. 2° Que por el recurso, se ha invocado como causal principal la del artículo 373 A) del Código Procesal Pe

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