A.F.P. PROVIDA S.A. CON ZACARIAS ANACONA DIAZ
Rol
Fecha
15 de marzo de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos: Atendido al mérito de los antecedentes y teniendo presente el tenor del artículo 8° de la ley 17.322, no correspondiendo la resolución impugnada a ninguna de aquellas a que se refiere la citada norma, SE DECLARA INADMISIBLE el recurso de apelación subsidiariamente deducido por la ejecutante en contra de la resolución de fecha dieciocho de mayo de dos mil veintidós, dictada por el Primer Juzgado de letras de Letras de Vallenar, que no hace lugar a la petición de decretar al arresto del ejecutado. Regístrese y devuélvase. N°Laboral - Cobranza-24-2023/cls
Fallo
SE DECLARA INADMISIBLE el recurso de apelación subsidiariamente deducido por la ejecutante en contra de la resolución de fecha dieciocho de mayo de dos mil veintidós, dictada por el Primer Juzgado de letras de Letras de Vallenar, que no hace lugar a la petición de decretar al arresto del ejecutado. Regístrese y devuélvase. N°Laboral - Cobranza-24-2023/cls
Texto Completo (Preview)
C.A. de Copiapó Copiapó, quince de marzo de dos mil veintitrés. Vistos: Atendido al mérito de los antecedentes y teniendo presente el tenor del artículo 8° de la ley 17.322, no correspondiendo la resolución impugnada a ninguna de aquellas a que se refiere la citada norma, SE DECLARA INADMISIBLE el recurso de apelación subsidiariamente deducido por la ejecutante en contra de la resolución de fecha
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