SIN INFORMACION

TERAN/MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PUBLICA

Rol

Fecha

14 de marzo de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: Comparecen Pablo Daniel Peñaloza Parra y Joaquín Andrés Contreras Roa, abogados, por sí y a favor de Leorenny Anais Terán Caldera, interponiendo Acción de Protección de garantías constitucionales en contra del Departamento de Extranjería y Migración dependiente del Ministerio del Interior y Seguridad Pública de Chile, por la omisión ilegal y arbitraria en emisión de resolución exenta que pone fin al procedimiento administrativo aprobando o rechazando la solicitud de visa sujeta a contrato, solicitada con fecha 12 de septiembre de 2019, por impedir dicha omisión el principio de igualdad ante la ley, conforme lo preceptuado en el artículo 19 número 2 de la Constitución Política de la República, en concordancia con lo dispuesto en los artículos 6, 7, 8, 9, 14, 24 y 27 de Ley 19.880. Señalan que la recurrente ingresó al país en calidad de turista, luego decide cambiar su condición migratoria, con el propósito de establecerse y desarrollar sus proyectos de vida en Chile. Con fecha 12 de septiembre de 2019 solicita por primera vez visa de residencia sujeta a contrato (comprobante de solicitud N°7009/2019 código 3215748). Sin embargo, hasta la fecha no ha recibido ninguna comunicación por parte del servicio nacional de migración, lo que la mantiene en una situación de preocupación e incertidumbre ante un trámite por demás demorado. Solicitan se ordene a la recurrida emita resolución exenta que ponga fin al procedimiento administrativo, aprobando o rechazando la solicitud de visa sujeta a contrato, en un plazo no superior a 30 días corridos o el que la Corte estime conforme al mérito de autos y en general adoptando las providencias que sean necesarias para establecer el imperio del derecho, todo lo anterior con expresa condena en costas. Informó Carolina Pía Tapia Fierro, abogada, por el Servicio Nacional de Migraciones, solicitando el rechazo del recurso, ya que no se configuran los presupuestos constitucionales ni legales para su interposición, debiendo ser con

Fundamentos

Considerando: 1° La recurrente tilda de ilegal y arbitraria la omisión del servicio recurrido en el pronunciamiento de una resolución de término en el procedimiento de visa temporaria, en virtud de la solicitud presentado por ella el día 12 de septiembre de 2019. 2° La recurrida reconoce la presentación de la solicitud, sin embargo señala que los registros respectivos fueron quemados en el incendio del edificio que albergaba el servicio en el año 2019. 3° Con el mérito del documento aportado por la recurrente y reconocido por la recurrida se encuentra acreditado que el día 12 de septiembre de 2019, Leorenny Anais Terán Caldera presentó solicitud de visa temporaria sujeta a contrato. De otro lado, es un hecho público que el edificio de la Gobernación de Concepción, lugar donde se encontraban las oficinas del Departamento de Extranjería y Migración dependiente del Ministerio del Interior y Seguridad Pública de Chile, fue incendiado, hecho fortuito y de fuerza mayor que generó la pérdida de los registros que se encontraban en su poder. 4° En ese contexto fáctico el servicio recurrido quedó impedido de avanzar las solicitudes presentadas, al no saber cuáles eran éstas, a menos que los propios interesados se acercaran e hicieran llegar los documentos respectivos que así lo acreditaran, cuyo no fue el caso de autos. 5° No existe, por lo tanto, un acto ilegal o arbitrario imputable a la recurrida que vulnere los derechos de la recurrente, quien se encuentra actualmente con trámite en curso y situación migratoria regular, todo lo cual conduce a la desestimación de la presente acción de protección.

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo previsto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, SE RECHAZA sin costas, la acción constitucional de protección presentada a favor de Leorenny Anais Terán Caldera, en contra del Departamento de Extranjería y Migración dependiente del Ministerio del Interior y Seguridad Pública de Chile (hoy Servicio Nacional de Migraciones). Regístrese, notifíquese y, en su oportunidad, archívese. Redactó la sentencia el ministro titular Rodrigo Cerda San Martín. Protección N° 125455-2022.

Texto Completo (Preview)

Concepción, catorce de marzo de dos mil veintitrés. Vistos: Comparecen Pablo Daniel Peñaloza Parra y Joaquín Andrés Contreras Roa, abogados, por sí y a favor de Leorenny Anais Terán Caldera, interponiendo Acción de Protección de garantías constitucionales en contra del Departamento de Extranjería y Migración dependiente del Ministerio del Interior y Seguridad Pública de Chile, por la omisión ileg

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica