14º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

BUSCAGLIONE / FISCO DE CHILE - (MEDIDA PRECAUTORIA)

Rol

Fecha

14 de marzo de 2023

Materia

PERJUICIOS, INDEMNIZACIÓN DE

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

VISTOS: Se reproduce la resolución en alzada salvo su motivo 6.- que se elimina. Y se tiene, además, presente: 1. Que el artículo sexto de la Ley Nº21.226 dispone que se suspenden los términos probatorios que estén corriendo o que se inicien durante la vigencia del estado de excepción. 2. Que para que resulte aplicable la suspensión del término probatorio señalado es requisito sine qua non, que la interlocutoria de prueba este notificada a todas las partes del juicio, lo que en el caso de autos no acontece. 3. Que a mayor abundamiento el abogado de la parte demandante en estrados señaló que efectivamente para que se suspenda el termino probatorio es necesario que estén todas las partes del juicio notificadas, dando argumentos del porque no cumplió con dicha carga procesal, los que no dicen relación con el fundamento legal de la resolución apelada.

Fundamentos

Fundamentos por los cuales y lo dispuesto en el artículo 186 y siguientes y normas citadas se confirma la resolución de 14 septiembre 2021 dictada por el Décimo Cuarto Juzgado civil de Santiago. Notifíquese y devuélvase. N°Civil-11573-2021.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, catorce de marzo de dos mil veintitrés. A los escritos folios 58, 59, 60, 61 y 62: a todo, téngase presente. VISTOS: Se reproduce la resolución en alzada salvo su motivo 6.- que se elimina. Y se tiene, además, presente: 1. Que el artículo sexto de la Ley Nº21.226 dispone que se suspenden los términos probatorios que estén corriendo o que se inicien durante la vigencia de

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