VIOLI MUÑOZ SABRINA/7° JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO - (LTE)
Rol
Fecha
14 de marzo de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece doña Constanza Sáez Flores, abogada en representación de doña Sabrina Violi Muñoz, ejecutada en los autos ejecutivos de cobro de pagaré seguidos ante el Séptimo Juzgado Civil de Santiago, Rol N° C-13980-2020 caratulados “Banco Santander con Violi”, quien deduce recurso de hecho en contra de la resolución de fecha 25 de noviembre de 2021, que rechazó el recurso de apelación subsidiario deducido en contra de la resolución que rechazó el incidente de nulidad de todo lo obrado por falta de emplazamiento de fecha 15 del mismo mes y año, resolviendo al efecto: “a folio N° 29, siendo la resolución apelable, se rechaza”. Sostiene que el recurso de reposición con apelación subsidiaria planteado, es procedente y, en consecuencia, en el caso de rechazarse la reposición, debió concederse la apelación, atendida la naturaleza jurídica de la resolución impugnada. Previa cita de las normas legales, solicita acoger el presente Recurso de Hecho y resolver que el señalado recurso de apelación es procedente, ordenando la devolución del expediente, con costas. SEGUNDO: Que informando doña Lidia Patricia Hevia Larenas, Juez del Séptimo Juzgado Civil de Santiago, señaló que la recurrente interpuso recurso de reposición con apelación subsidiaria, el 18 de noviembre de 2021 en contra de la resolución de 15 del mismo mes y año que negó lugar al incidente de nulidad de todo lo obrado por falta de emplazamiento. En cuanto a la resolución recurrida de hecho, sostiene que el recurso de reposición planteado no fue resulto y en cuanto a la apelación subsidiaria, fue erróneamente rechazado. TERCERO: Que la resolución recurrida de apelación, tiene la naturaleza jurídica de una sentencia interlocutoria, en los términos señalados en el artículo 158 del Código de Procedimiento Civil; y en consecuencia de conformidad a lo dispuesto en el artículo 187 del mismo cuerpo legal resulta procedente el recurso de apelación,. CUARTO: Que en tales circunstan
Fallo
se declara admisible y se le concede en el solo efecto devolutivo, debiendo el Juez de la instancia, remitir los antecedentes a esta Corte para su conocimiento y fallo. Regístrese y comuníquese. N°Civil-10803-2021.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, catorce de marzo de dos mil veintitrés. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece doña Constanza Sáez Flores, abogada en representación de doña Sabrina Violi Muñoz, ejecutada en los autos ejecutivos de cobro de pagaré seguidos ante el Séptimo Juzgado Civil de Santiago, Rol N° C-13980-2020 caratulados “Banco Santander con Violi”, quien deduce recurso de hecho en
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